La lujosa construcción de Peña en la ciudad veraniega no aparece en el registro de propiedad como si fuera suya. “Lo que no podemos realizar es el examen de correspondencia, porque la Constitución y la ley disponen como un requisito necesario para el inicio de la evaluación que exista la declaración de entrada y declaración de salida”, explicó el contralor.
Benítez recalcó que una vez que se presente la declaración de salida se podrá proceder con los trámites correspondientes. “Esto sería la regla que dispone el examen”, agregó.
En ese sentido, manifestó que se debe cumplir la regla; sin embargo, en caso de que sea notable una incongruencia, como la de una persona de poco poder adquisitivo que de repente se haga con un terreno y de ese modo incremente su patrimonio, “eventualmente se podría justificar romper la regla”.
El contralor manifestó que en el caso particular de Peña, el supuesto gasto referente a su nueva mansión “no está demasiado desproporcionado a los ingresos que él tenía”. “Él tenía 14.000 millones entre efectivo, certificados de ahorro (CDA) y acciones”, agregó.
Por otro lado, señaló que cuando termine su mandato, Peña tendrá que presentar todas las documentaciones y los datos deberán ser trazables, con fechas correctas. Como, por ejemplo, que vendió sus acciones para poder construir esa casa.
El contralor se refirió a los comentarios que cuestionan por qué el mandatario construyó una casa que no es de él, y señaló que Peña había declarado ese terreno en su declaración jurada. “Si bien el título no está a su nombre, supongo que es un contrato de compraventa. Esto ocurre mucho en Paraguay, que la gente financia y construye su casa, no es un requisito previo tener el título para empezar a construir tu casa”, manifestó.