En esencia, la ley obliga a los ciudadanos a acudir a embajadas y consulados para inscribirse, cuando el objetivo es que ese proceso sea automático, como estuvo siendo antes de la promulgación, y que facilite el acceso al derecho al voto.
El texto de la norma señala que la inscripción será automática a medida que las personas cumplan los 18 años. Pero que aquellas que hayan llegado a la edad requerida antes de la promulgación de la ley, deberán solicitar su inclusión.
La ley crea el Departamento de Electores Residentes en el Extranjero, que se encargará de confeccionar el registro cívico para esta población y monitorear las inscripciones vía web y presencial en las sedes consulares.

Para la Justicia Electoral, antes de que se promulgue esta nueva ley, el voto de paraguayos en el exterior iba a significar un gran problema para el 2028. La inscripción automática fue promulgada en 2022, pero no tuvo vigencia por falta de reglamentación. La norma iba a ser inaplicable y podría causar un gran desorden, según la institución.
Esto debido a que permitía que todos los ciudadanos con cédula de identidad ingresen al Registro Cívico Permanente, pero figuren en el lugar que declararon cuando tramitaron su última cédula, que puede ser en Paraguay, España o Argentina, países que tienen una oficina de Identificaciones. El principal problema es que en la práctica no se puede saber si el ciudadano se encuentra o no en el exterior.
Ana Doldán, de la Coordinadora de la Migración Paraguaya (Comipar), que impulsó la ley de inscripción automática, indicó que este proyecto es un retroceso. “La inscripción automática logró el acceso a los padrones electorales del exterior a más de 11.000 compatriotas en solo dos meses, cuando se tardaron casi diez años para inscribir a 20.000 nuevos electores; es decir, la inscripción automática funciona”, expresó Doldán.