A su salida del Instituto de Previsión Social, Pedro Halley calificó de inepta a la actual administración de Vicente Mario Bataglia que minimizó el alcance del fallo de la Corte Suprema de Justicia a favor del planteamiento de una asociación de capitanes de barcos. Halley fue desvinculado tras anunciar que la decisión de la máxima instancia judicial pone en riesgo los fondos jubilatorios.
Al respecto, el técnico en seguro social insistió en que el fallo de la Corte puede causar un daño enorme al fondo de pensiones, ya que cambia el modelo de la previsional.
“Se trata de un fondo común de pensiones, un modelo de reparto solidario y capitalización colectiva. Lo que hace este fallo es convertir en capitalización individual, pagando solo lo que la persona invirtió hasta que se agote dicho fondo”, explicó.
Sostuvo que esto tiene que discutirse en el Congreso Nacional y “no en un cuarto de cuatro paredes, o darse por un fallo”. Aseguró que sienta un precedente terrible, porque detrás de estos accionantes vendrían otros jubilados con este mismo problema.
“Esta administración del IPS es inepta para manejar este seguro social. La gerencia no me preocupa, porque me sustituye la ingeniera Cecilia Rodríguez, a quien yo formé en jubilación, es una persona con experiencia que tiene mi escuela. Me preocupa el manejo institucional, la presidencia y el consejo, eso sí me preocupa”, manifestó.
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Dijo que tanto Bataglia como los miembros del consejo no responden a los intereses de los asegurados.
“Lo que a mí me molesta es que ante esa amenaza de tocarse los fondos de pensiones, el IPS minimiza el problema y dice que el fallo no tiene luego fuerza ejecutiva y que es una sentencia declarativa. El que escribió eso es un burro, hay que quitarle la matricula”, disparó.
Lamentó que las autoridades de la previsional ni siquiera le hayan llamado para notificarle de su desvinculación, luego de 24 años de prestar servicio.
“Me enteré a través de la intranet del IPS, la resolución del IPS se sube a la página web y ahí es donde uno se entera. Yo hubiera esperado una llamada, que de frente me digan, con hombría: ‘te equivocaste en esto y te vas’, pero ni siquiera eso”, comentó dolido.
Agregó que el rechazo al fallo se sumó a su denuncia sobre empleadores fraudulentos que simularon la suspensión de sus trabajadores en perjuicio del fondo de compensación de empleados afectados por la pandemia, ya que esto llenó el vaso.
“Por lo visto habría que callarse y que se vacíe el fondo. Hubo una reacción bastante dura de parte de algunos empleadores, avalados por la presidencia de la institución, que me llamó la atención por observar eso sobre esos empleadores que estaban cometiendo un delito. Hay que callarse nomas”, denunció.
Sobre la situación a largo plazo de los fondos jubilatorios, indicó que el horizonte actuarial del IPS está en el 2040, sin hacer ninguna reforma. “A partir de ahí empezamos a entrar en una reserva hasta el 2060 y ahí se acaba. Si hacés reformas con coraje, legales del modelo, paramétricas y ajustar varias cosas muy sensibles como la edad de retiro, podemos extender el horizonte actuarial”, mencionó.
Sin embargo, alertó que esto se podría acelerar “con gente que no tiene la visión de un largo plazo del seguro social y que está en la inmediatez, en la estupidez inmediata, que por ejemplo destituye a un funcionario para que no hable mal”. Al tiempo de reiterar que no ve a las autoridades actuales preparadas para administrar la previsional.
“Si este fallo queda firme y todos los cotizantes que superan los 10 salarios mínimos piden que se les pague una jubilación superior a los 10 salarios mínimos, ese 2040, el horizonte acutarial, se ve aproximadamente al 2030", anunció.
Asesor jurídico, confiado en que se revertirá fallo
Por su parte, el jefe jurídico del IPS, Ricardo Cañete, afirmó que el fallo de la Corte “declara un derecho”, y que los actores para ejecutar tienen que hacer una ejecución de sentencia o recurrir por las vías administrativas y eventualmente llegar a un Tribunal de Cuentas para que se pueda pagar lo demandado.
“Un fallo del Tribunal de Sentencia o del Tribunal de Cuentas sí son constitutivos, ahí sí establecen una obligación. Tiene que hacerse una ejecución de la sentencia para eventualmente generar una obligación de pago, ese proceso aún no se hizo”, detalló.
Agregó que el IPS interpuso una acción autónoma de nulidad en octubre del 2020 contra este proceso de inconstitucionalidad para lograr dejar sin efecto, ya que se ha condenado al IPS sin ser parte.
“Yo tengo plena confianza de que vamos a ganar esa acción autónoma de nulidad, ya que hay jurisprudencia favorable, ya que no se le puede condenar a un juicio del cual no fue parte”, indicó.
Explicó que se solicitó una medida cautelar, que actualmente se está estudiando en un Tribunal de Apelación, con efectos suspensivos; es decir, está paralizado este juicio hasta que se resuelva la acción del IPS.