En su opinión, los cartistas procuran instalar en la opinión pública la idea de que la prensa independiente no tiene límites; que puede informar y opinar a su antojo sin consecuencias legales.
Sin embargo, no es así, explica. “La libertad es responsabilidad”, dice, y recuerda que el artículo 26 de la Constitución Nacional expresa: “No habrá delito de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa”. Además, el artículo 28 agrega: “Toda persona afectada por la difusión de una información falsa, distorsionada o ambigua tiene derecho a exigir su rectificación o su aclaración por el mismo medio y en las mismas condiciones que haya sido divulgada, sin perjuicio de los demás derechos compensatorios”.
“Ante estas garantías para todos los ciudadanos, incluyendo a los funcionarios, nombrados o electos ¿qué puede agregar una ley de prensa?”, pregunta. En su opinión, nada en favor de la libertad de expresión.
Garantías. Santiago Ortiz, secretario general del Sindicato de Periodistas del Paraguay (SPP), recuerda que la Constitución de Paraguay prohíbe cualquier posibilidad de que se establezca una ley de prensa que limite la libertad de expresión y prensa. “Cualquier iniciativa de ese tipo sería lesiva de ese principio constitucional”, advierte.
Además, existen salvaguardas y mecanismos legales en la legislación nacional ante el uso abusivo del derecho a la libertad de expresión y prensa. “Entonces, no es necesario ni está justificada la intención de una ley de prensa”, insiste.
A criterio suyo hay cuestiones sobre las que el Estado sí podría actuar y que son necesarias para garantizar la libertad de expresión y de prensa, como la seguridad de los periodistas. Se cumplirán dos años de la presentación del Proyecto de ley de Protección a Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos. También garantizar la pluralidad de voces y hacer que el Ministerio del Trabajo realice un efectivo control de las condiciones laborales de los trabajadores de prensa.