“En este sentido, pensamos que no se cumple nada, absolutamente, sobre este artículo. Teniendo en cuenta que la jubilación parlamentaria es un privilegio”, sostuvo Lidia Samudio, de la UNE
Dijo que la jubilación parlamentaria viola el artículo 46 de la Constitución Nacional, el cual establece que todos los habitantes de la República del Paraguay son iguales en dignidad y derechos.
“Como docentes tenemos que trabajar y dar 25 a 28 años de aportes con sacrificio para llegar a este anhelado beneficio. Ni hablar de otros sectores, que tienen que llegar a 30 años y contar con 65 años de edad. Sin embargo, ellos con 10 años, 15 años o 180 meses y 50 años de edad ya llegan a ese beneficio”, sostuvo la docente a la 1330 AM.