El proyecto de ley modificaba los artículos 30 y 33 de la Ley 1340, contra el tráfico ilícito de estupefacientes y drogas peligrosas y otros delitos afines.
La ley contemplaba que no serían punibles la siembra, el cultivo, la cosecha, ni el procesamiento posterior de plantas de marihuana. Aunque para hacerlo, se necesitaría una autorización de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad).
El proyecto contemplaba además que el portador debía contar con un certificado médico visado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, que certifique que padece de dolencias tratables con cannabis medicinal.
Se desconocen las razones por las cuales el presidente no aprobó la despenalización.
El proponente del proyecto fue el senador Víctor Ríos, del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA). No obstante, es promovida desde el 2017.
El legislador señaló que tomaron en cuenta lo establecido por organismos internacionales como el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, por el preámbulo de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud.
Teniendo en cuenta, asimismo, numerosos instrumentos internacionales de derechos humanos que consagran el derecho a la salud, se colige que el derecho de acceder al autocultivo del cannabis con fines medicinales es parte integrante del derecho humano a la salud.
En su momento se pensó que pretender obligar a humildes ciudadanos a comprar aceite de cannabis importado a precios estratosféricos, dista mucho de otorgar oportunidades iguales a las personas que necesitan de esa medicina. Los legisladores comentaron que con la iniciativa se iba a poder mejorar la calidad de vida de niños que sufren epilepsia, cáncer, enfermedades degenerativas, entre otros, y que causan dolores que no pueden ser controlados.