29 dic. 2024

Presupuesto y tarifa (I)

ANÁLISIS DE ACTUALIDAD

Para la determinación del Presupuesto y del Costo Unitario del Servicio de Electricidad se debe recurrir a los vigentes aspectos normativos y técnicos. A tal efecto, hay que definir el CECUSE, su constitución y finalidad. El CECUSE, o Comité de Estudios para la Evaluación del Costo Unitario del Servicio de Electricidad (Tarifa) de la Itaipú Binacional (IB), es un colegiado técnico que coordina la elaboración de estudios tarifarios, analizando escenarios económicos, seleccionando alternativas que sean convenientes para la IB, así como realizando las recomendaciones y sugerencias sobre el Costo Unitario de Electricidad.

CECUSE. Está conformado por seis (6) miembros, en forma paritaria (3 por cada margen), representando las direcciones generales, financieras y técnicas de ambas márgenes, designados por el director general paraguayo y el director general brasileño. La coordinación de las actividades del comité es realizada conjuntamente por los dos representantes del Área Financiera. Desde el mes de julio de cada año comienzan las reuniones del CECUSE para la elaboración de las bases presupuestarias anuales de la IB y de los estudios tarifarios a partir de ellas.

APROBACIÓN DE LA TARIFA. Se deben cumplir los siguientes pasos:

  • INFORMACIONES DE LAS DIRECCIONES: Constituyen todos los documentos y datos de interés proveídos por las direcciones generales, técnicas, financieras, administrativas, jurídicas y de coordinación de la IB que servirán de base para determinar el Presupuesto Anual de la IB y el Costo Unitario del Servicio de Electricidad (Tarifa).
  • ALTERNATIVAS A CARGO DEL CECUSE: Una vez compiladas todas esas informaciones, el Comité de Estudios para la Evaluación del Costo Unitario del Servicio de Electricidad (Tarifa) (CECUSE) las someterá a análisis y realizará el cálculo del Costo del Servicio de Electricidad aplicando el método de cálculo establecido en el Reglamento del Anexo C, así como las simulaciones de estudios de Costo Unitario del Servicio de Electricidad (Tarifa) que contemplen los escenarios probables de ser aplicados a la realidad de la IB. Una vez consensuadas las propuestas por ese comité son puestas a consideración del Directorio Ejecutivo.
  • ANÁLISIS DE LA PROPUESTA: Una vez recibidas las propuestas del Costo Unitario del Servicio de Electricidad (Tarifa) de parte del CECUSE, el Directorio Ejecutivo las analizará y posteriormente las remitirá al Consejo de Administración para su aprobación, a través de resoluciones respectivas en ambos casos.
  • APROBACIÓN: Procediendo de esa forma, la aprobación se dará si hay consenso en esas instancias. De lo contrario, esta tarea recaerá en las Altas Partes Contratantes (representadas por las cancillerías de Paraguay y de Brasil).

SI HAY CONSENSO. Es decir, se envían las propuestas finales para análisis del Directorio Ejecutivo y este, a su vez, las eleva al Consejo de Administración para su revisión y aprobación. De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento Interno de la Itaipú Binacional, el Costo Unitario del Servicio de Electricidad (Tarifa) deberá ser aprobado por el Consejo de Administración de la hidroeléctrica, hasta el mes de diciembre del año anterior al año base (año siguiente).

CONCEPTOS FUNDAMENTALES. INGRESOS. Son los recursos provenientes de la prestación de servicios de electricidad. EGRESOS. Son los costos que representan la misma. TARIFA. Es el valor nominal expresado en USD por kilowat de potencia mensual contratada. Resulta de la división del Costo del Servicio de Electricidad de un determinado año por la suma de las potencias anuales contratadas en ese mismo año. EN RESUMEN. En la IB los ingresos son iguales a los egresos y viceversa. En otras palabras, la Tarifa es igual a los Costos o Gastos totales de la IB. Expresado en fórmula: CUSE (Tarifa) es igual al Costo del Servicio de Electricidad dividido por la Potencia Disponible para Contratación. Fuente: IB. Ciclo Diálogo con la Prensa, nov21.

(continuará)