05 jun. 2025

Procedimientos ante casos de Covid-19 en funcionarios

CONSULTORIO TRIBUTARIO Rodríguez Silvero y Asociados

PREGUNTA: Somos una empresa comercial. Tenemos un caso de Covid-19 confirmado y otros funcionarios que han sido contacto de familiares con Covid-19 positivo. ¿Cuáles son los procedimientos a cumplir ante el IPS y el Mtess? ¿Qué pasa con el salario del funcionario en este periodo y su aporte ante IPS?

RESPUESTA: Existen tres situaciones que pueden presentarse con los funcionarios en relación al Covid-19 vs. aislamiento:

Constancia de aislamiento en caso de Covid-19 positivo confirmado con resultados de laboratorio.

Constancia de aislamiento en caso de contacto con personas confirmadas con Covid-19 positivo, sin síntomas;

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Constancia de aislamiento por vulnerabilidad

PROCESOS A REALIZAR: Cada empresa según su actividad debe aplicar el protocolo sanitario sugerido por el Ministerio de Salud Pública, en los casos mencionados. Deberá cumplirse el siguiente proceso:

EN LA EMPRESA: Aplicar el protocolo de desinfección en el área de trabajo. Implementar medidas de aislamientos con los funcionarios que han estado en contacto con el personal con Covid-19, solicitando se reporten al teléfono 154 del MSPyBS: Comunicar al IPS y al MSPyBS.

ANTE EL MSPyBS: El funcionario deberá comunicarse al teléfono 154 del Ministerio de Salud Pública a fin de solicitar su constancia de aislamiento, y reportar sus contactos. Realizarse examen laboratorial y solicitar diagnostico y reposo médico. Posteriormente podrá acceder a la pagina MSPyBS con su número de cédula para bajar su Constancia de Aislamiento que debe ser remitido al Departamento de Recursos Humanos de la empresa.

ANTE EL IPS: La empresa deberá ingresar en caso de Covid positivo a: La pagina de IPS en el modulo de Reposo Externo a fin de solicitar la Constancia de Reposo de IPS, adjuntando el reposo médico obtenido, resultado laboratorial y la constancia de aislamiento. Al Sistema REI, en el modulo de gestión del asegurado, en reposo donde se cargaran los datos de la constancia de reposo obtenida. En caso de un personal con contacto de un Covid-19 positivo, la empresa solo ingresara en el Sistema REI, modulo del asegurado, suspensión donde se cargara la Constancia de Aislamiento.

ANTE EL MTESS: La empresa entrará al Sistema Regopat, seleccionando al funcionario afectado, en el modulo de comunicaciones, y marcando en la opción de permisos, en donde se debe cargar la información relacionada a la constancia de aislamiento, colocando en observaciones los detalles de la situación, sea en caso de reposo médico o constancia de aislamiento o constancia de vulnerabilidad.

CONSTANCIA DE VULNERABILIDAD: En caso de contar con funcionarios de la tercera edad, mujeres embarazadas o con problemas de salud de base, los mismos pueden acudir a su médico de cabecera a fin de solicitar una constancia médica que indique el grado de vulnerabilidad. Este reposo deberá ser presentado ante la empresa para que se presente en el Sistema REI en la opción de suspensión y ante en el Mtess en la opción de permisos.

Todos los procesos ante el Mtess e IPS son realizados en forma virtual. La empresa no está obligada a pagar el salario durante el período de aislamiento o reposo. El funcionario recibirá un subsidio de reposo por aislamiento del IPS, equivalente a los 14 días de jornales diarios calculados sobre un salario mínimo legal especial equivalente a G. 1.023.324. En el caso del Subsidio de Reposo por vulnerabilidad se paga por períodos mensuales equivalentes al 50% del salario mínimo legal vigente, actualmente G. 1.096.420 por mes completo.