El proyecto de protección de datos personales crediticios fue estudiado en particular tras 15 días de su aprobación en general. El documento establece que la información crediticia solo podrá ser proveída a personas físicas y jurídicas que den préstamos.
La principal modificación que sufrió el proyecto en la Cámara de Senadores está en el artículo 15, que establece la prohibición de utilizar o proveer a terceros datos crediticios para que estos sean utilizados para la toma de decisiones laborales, acceso al empleo, promoción, traslado o despido de personal.
Asimismo, tampoco se podrá utilizar esta información para negar y restringir el acceso a la medicina prepaga o acceder a asistencia médica de urgencias.
El proyecto también habla sobre que toda persona tiene derecho a ser informada en forma expresa y clara sobre la finalidad que se dará a los datos personales requeridos sobre ellas.
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La normativa aprobada en Diputados ya incorporaba el derecho al “olvido” de datos crediticios, con lo cual la conservación de los datos personales no deberá exceder el plazo de cinco años.
Las modificaciones en Senado también se dieron en cuanto a las sanciones, ya que la multa a los usuarios de información crediticia en forma indebida pasa a ser de hasta 15.000 jornales, que en caso de reincidencia podrá elevarse hasta 50.000 jornales.
También se faculta a la suspensión de actividades relacionadas con el tratamiento de datos por seis meses, inhabilitación o cierre temporal de las operaciones relacionadas y el cierre inmediato y definitivo.
Las autoridades de aplicación serán el Banco Central del Paraguay y la Secretaría de Defensa del Consumidor (Sedeco). El proyecto pasa nuevamente a consideración de la Cámara de Diputados.