Esta ley establece un régimen de asignación mensual en concepto de pensión a favor de los niños, niñas y adolescentes, posean o no discapacidad total o parcial, cuando su progenitor se haya suicidado, se le haya decretado prisión preventiva o pese condena privativa de libertad, ya sea en su carácter de autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio de su progenitora.
La pensión será abonada por el Estado, por un valor equivalente a quince jornales mínimos para actividades diversas no especificadas hasta que el beneficiario cumpla la mayoría de edad o mientras dure la discapacidad, que deberá ser certificado por la Secretaria Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, según el documento.
La ley establece, además, la creación de programas donde los beneficiarios tendrán una cobertura integral de salud, para su recuperación emocional y social.
“Promulgué la Ley de Pensión para Niñas, Niños, Adolescentes y Personas con Discapacidad, víctimas colaterales de feminicidio o homicidio de su progenitor en un contexto de violencia familiar. Mi compromiso es brindar amparo y esperanza a quienes más lo necesitan, asegurando un futuro con más cuidado y dignidad”, dijo el Presidente a través de sus redes sociales.
Los datos revelados por el Observatorio del Ministerio Público, del 2018 al 2024 se registraron un total de 244 mujeres que fueron víctimas de feminicidio en diferentes puntos del país, la mayoría de ellas madres, y la cifra sigue aumentando cada día, según las estadísticas policiales.