08 feb. 2025

Protestan contra jueces que liberaron a un condenado por abuso de su hijastra

Una organización no gubernamental denominada “Con los niños no” protestó contra la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones del Alto Paraná que revocó la orden de prisión contra un condenado por el abuso sexual de su hijastra.

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A los manifestantes les preocupó la celeridad con la que actuaron los jueces.

Foto: Edgar Medina.

Los integrantes de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones del Alto Paraná Isidro González, Aniceto Amarilla y Mirian Meza revocaron la orden de prisión de un ex agente policial que fue condenado por abuso.

El juicio oral culminó en agosto de este 2019, según informó el corresponsal Édgar Medina. El condenado incurrió en el crimen durante tres años contra su hijastra, desde que ella tenía 9 años de edad.

Nota relacionada: Ex policía pasará 10 años en la cárcel tras haber abusado de su hijastra

Sin embargo, la defensa del mismo apeló la orden de prisión sin siquiera atacar los fundamentos de la sentencia definitiva. La Cámara de Apelaciones concedió sobre la supuesta base de que la sentencia no estaba firme, para beneficiar al reo a pesar de la condena.

A la abogada Alice Monges, quien estuvo en la manifestación, le resultó llamativa la celeridad con la que actuaron los jueces. “Repudiamos porque hay tantos casos durmiendo en la justicia”, expresó.

Sostuvo que habría que modificar el código en lo que respecta a niñez, porque actualmente los acusados “inclusive tienen ventajas”. Mientras que el condenado está libre, “hoy la niña (víctima) está en zozobra”, agregó la especialista en derecho.

Lea también: Con argumentos soeces tribunal beneficia a un abusador de niños

Recientemente, también un caso ocurrido en Paraguarí desató la indignación. Los jueces condenaron a dos años de prisión con suspensión de ejecución de la pena de manera unánime, mientras que la Fiscalía pidió seis años de encierro.

Alegaron que el acusado estuvo en prisión preventiva por ocho meses y siempre estuvo atado al proceso.

En ambos casos, los nombres se omiten en cumplimiento al artículo 29 del Código de la Niñez y Adolescencia que prohíbe la publicación de datos que permitan identificar a menores de edad en condición de víctimas o victimarios.

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