23 dic. 2024

¿Quiénes eran los 5 reclusos fallecidos en Tacumbú?

Las cinco personas que perdieron la vida este viernes en el incendio dentro de uno de los pabellones de la Penitenciaría Nacional de Tacumbú se encontraban en pleno proceso de reinserción social, trabajando en el programa denominado “Comunidad de trabajadores de Tacumbú".

Los reclusos fallecidos elaboraban termos, confeccionaban ropas y realizaban trabajos de marroquinería, entre otros.

A continuación, el historial de cada una de las víctimas fatales del siniestro registrado este viernes.

-Alfredo Maciel (36): Nació el 6 de junio de 1980 en Caaguazú, era soltero y tenía dos hijos, vivía en el barrio San Juan de Fernando de la Mora. El hombre culminó el 6.º grado de la Educación Escolar Básica (EEB) y era costurero de profesión.

Estaba condenado por abuso sexual en niños, cometido el 21 de septiembre del 2012, el mismo día fue detenido e ingresó al penal de Tacumbú el 27 de septiembre del 2012. Era su primera entrada a la prisión.

-David Roberto Frazer Gamarra (37): Nació el 25 de mayo de 1979 en Puerto Casado, Alto Paraguay. Estaba casado con Laura Báez, con quien tenía una hija. Residía en el barrio Laurelty de Luque. Culminó el 6º curso de la secundaria y era profesor de Educación Física y boxeador, además de organizador de varios torneos dentro del penal.

Cumplía una condena por reducción, tráfico y comercialización de arma de fuego, hechos cometidos el 25 de octubre del año 2014, fue detenido en esa misma fecha. Ingresó al penal de Tacumbú el 24 de junio del 2015 ya que anteriormente estaba recluido en la Penitenciaría Regional de Emboscada. Era su segunda entrada a la prisión. Estaba por completar su condena y recuperar su libertad.

-César Herrera Bogado (47): Nació el 24 de septiembre del año 1966 en Villa Hayes, departamento de Presidente Hayes. Era viudo y tenía dos hijas, vivía en el barrio Alonso de Villa Hayes. Cursó hasta el primer curso de la Educación Media y era mecánico de profesión.

Estaba imputado por robo agravado y fue detenido el 20 de enero del año 2006, al día siguiente fue trasladado hasta el penal de Tacumbú. Era reincidente y contaba con tres entradas a la prisión por reducción.

-Daniel Salinas (27): Nació el 18 de octubre del año 1988 en Choré, San Pedro. Era soltero y no tenía hijos. Vivía en el barrio Villa 14 de Agosto en el barrio Reducto de San Lorenzo, era analfabeto, de profesión albañil.

Estaba imputado por homicidio doloso ocurrido el 11 de septiembre del año 2012 y fue detenido el 13 de septiembre de ese mismo año. Ingresó al penal el 18 de septiembre, era reincidente con segunda entrada a prisión, su delito anterior fue robo agravado.

-Francisco Javier Benítez Cristaldo (41): Nació el 4 de octubre del año 1975 en la ciudad de Yaguarón, departamento de Paraguarí. Era soltero y no tenía hijos. Residía en el barrio San Miguel de Yaguarón. Culminó el 6º grado de la EEB y era costurero de profesión.

Estaba imputado por robo agravado ocurrido el 30 de agosto del año 2013, fue detenido el mismo día. Ingresó al penal el 19 de octubre del año 2013.

El mismo era reincidente, tenía 6 entradas a la prisión por varios hechos de hurto agravado.

Todos trabajaban tras las rejas, en donde perdieron la vida

El lugar de reclusión en donde vivían se denominaba Pabellón Sótano, era un lugar de reinserción denominado “Comunidad de trabajadores de Tacumbú".

Los internos se dedicaban a forrar termos, hacían trabajos de marroquinería, como cuadros y espejos. También hacían costura, confección de ropas, bordados y tazas personalizadas. Hacían cursos de capacitación en plomería y otros oficios que eran impartidos por el Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP). También se impartían charlas religiosas por pastores enfocados en la reinserción y la autoayuda.

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Los productos se comercializaban delante del penal y eran vendidos también por sus familiares. De la venta colaboraban cada día para comprar ingredientes para el almuerzo que cocinaban todos juntos, tenían una pequeña cocina improvisada.

Allí vivían aproximadamente 50 personas, condenados y procesados; el único requisito para permanecer era que debían de trabajar y no consumir ningún tipo de estupefacientes. Otra de las reglas para el ingreso era permanecer en el lugar por un periodo de 30 días sin tener contacto con la población.

En el sitio no había ningún tipo de extintor para sofocar las llamas, pero contaba con una salida de emergencia.

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