El aguinaldo es un derecho contemplado en los artículos 243, 244 y 245 del Código Laboral y en este mes comenzarán los pagos correspondientes del año. En el sector público inicia esta semana y en el ámbito privado hay un plazo por ley hasta antes del 31 de diciembre.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) recordó a través de sus redes sociales durante el sábado que todas las personas que trabajan en una empresa o en una casa de familia deben recibir un pago complementario este fin de año.
El trabajador debe recibir un monto equivalente a la suma de todo lo que recibió en el año en concepto de salario, horas extraordinarias, comisiones u otros y dividir entre 12 meses.
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Si la antigüedad es menor a un año, se calcula solamente con base en los meses trabajados.
El Mtess cuenta con una herramienta para hacer los cálculos exactos desde el 2018, que está disponible en calculadoras.mtess.gov.py.
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Si el empleador no pagó el aguinaldo en fecha o lo hizo parcialmente para el 31 de diciembre, debe ser denunciado ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, ya sea en su oficina central o de cualquiera de sus regionales.
Asimismo, la cartera estatal puso este año a disposición medios para realizar denuncias anónimas en el (0962) 174-000, por WhatsApp, y el (021) 729 0100 a los internos 551, 552 y 553.
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Las empresas o instituciones están obligadas a cumplir con este derecho y si no lo hacen se exponen a un sumario administrativo, además de sanciones equivalentes a 10 salarios (G. 22.893.240) y 30 salarios mínimos (G. 68.679.720) por trabajador.
El aguinaldo también se debe abonar cuando se da por terminada la relación laboral entre el empleador y el trabajador.
De acuerdo con el Código Laboral paraguayo, no se puede descontar por deudas, ya que es inembargable.