El sector colorado, encabezado por el cartismo, busca evitar que las inconsistencias en las declaraciones juradas sean penalizadas y que, más bien, sean consideradas como errores que pueden ser rectificados.
Se trata del proyecto de ley ”Que modifica los artículos 1, 3, 4, 7, 13, 14, 16 y 21 de la Ley 5033/13 ‘Que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos y deroga la Ley N° 6355/19”.
La propuesta original fue presentada por la Contraloría General de la República en Diputados, donde tuvo algunos cambios y fue remitida al Senado, donde se consignó la modificación controversial que establece que no es posible para el funcionario rectificar los datos de las declaraciones y se remite directamente a la Justicia ordinaria para una investigación.
La mayoría colorada pretende ratificar la versión Diputados. Este punto es polémico debido a que en diversas ocasiones, autoridades no declararon la totalidad de sus bienes, que es importante para determinar el enriquecimiento ilícito a merced del patrimonio público.
el Caso de Cartes. Recientemente, el mismo Horacio Cartes se vio obligado a agregar bienes en su declaración del periodo en que fue presidente de la República, principalmente una empresa offshore que mantenía oculta, llamada Dominicana Acquisition SA, que fue descubierta con la publicación de los Pandora Papers.
La presentación de la declaración jurada de rectificación de Cartes tiene fecha 30 de setiembre del 2021, y habla de una corrección “por un error involuntario” de los datos presentados desde el 2013 hasta el 2018.
Lo mismo hizo el diputado Erico Galeano, investigado tras el operativo A Ultranza PY, que reveló que realizó varias millonarias transferencias y bienes que no declaró.
Puntos de la ley. El proyecto de Contraloría permite que todas las declaraciones juradas presentadas por los funcionarios sean públicas, sin necesidad de una orden judicial. La Corte habilitó la publicidad de las declaraciones solo de los años 1998 hasta 2017, por lo que termina siendo injusta la norma actual, ya que muchos no tienen sus documentos en forma pública.
Otros puntos que establece la ley aprobada es el acceso directo por parte de la Contraloría a los datos de los Registros Públicos, Registro del Automotor y la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), para contrastar eficientemente la veracidad de lo declarado, en los exámenes de correspondencia; la exclusión de proveedores del Estado como sujetos obligados de presentar declaraciones juradas, y reducir la multa por no presentar las declaraciones, ya que actualmente es de 300 jornales mínimos sin diferencia entre quienes ganen un sueldo elevado y menos que el básico.
Sobre el tema de proveedores, el contralor Camilo Benítez explicó que más de 100 personas y empresas accionaron y consiguieron una medida judicial, por lo que ya no presentan su declaración y la ley termina siendo inaplicable.