Se establecen los casos en que se cortará este beneficio, citando la remuneración de los sectores público o privado, como sueldo, jubilación, pensión y seguro social.
Tampoco podrán percibir los que contribuyan al impuesto a la renta personal (IRP), y cuando, en la declaración jurada de impuestos para el impuesto al valor agregado (IVA), declaren ingresos superiores a dos salarios mínimos en forma mensual.
“La presente propuesta legislativa plantea prohibir el bloqueo y la exclusión de las personas adultas mayores que son beneficiarias de la pensión alimentaria, otorgada a este sector de la población, por parte del Estado paraguayo, según la Ley 3728/2009 y sus modificatorias”, expuso el proyectista.
“Existen innumerables denuncias de compatriotas que han sido excluidos injustamente por la autoridad de aplicación, luego de realizar supuestos censos al margen de lo que dispone la norma vigente”, mencionó.
“Lo que se pretende con esta iniciativa es limitar expresamente quiénes no podrían ser beneficiarias de la pensión alimentaria”, aclaró.
“Con este planteamiento, se elimina la prohibición de ser beneficiaria de la pensión ut supra citada a aquellas personas que posean 30 cabezas de ganado”, concluyó en su exposición de motivos.