Sin embargo, la jueza de Garantías Hilda Benítez Vallejo tras estudiar su caso, le dio la eximición de medidas cautelares, conforme con su resolución.
El caso se registró el pasado 21 de enero, cuando Osvaldo Segovia, un albañil, apremiado por el hambre que pasaban su esposa e hija, fue hasta el supermercado La Bomba, ubicado sobre la avenida Fernando de la Mora.
Ahí, según el informe policial, tomó varias mercaderías y un paquete de carne. Este último producto lo ocultó entre sus ropas. No obstante, luego se arrepintió y lo dejó nuevamente.
Sin embargo, las cámaras del local lo filmaron y cuando iba a salir, los guardias del local le detuvieron y le preguntaron por la carne que tomó. El hombre les dijo que lo había dejado, ya que se arrepintió. Incluso, les mostró el lugar donde dejó la mercadería.
Al final, fue denunciado, y la Policía labró acta de lo ocurrido donde se señaló que el paquete fue abandonado. El caso pasó a la fiscala Rosa Noguera, que dispuso la detención del albañil.
La fiscala le imputó por presunto hurto en grado de tentativa, pero en su imputación dice que tenía en su poder dos paquetes de carne. La fiscala luego pidió el arresto domiciliario.
La defensora pública Cynthia Giménez solicitó la eximición de medidas cautelares, y que se disponga su libertad.
Esto, porque según explicó, el hecho no era delito, ni siquiera configuraba tentativa inacabada, ya que el hombre se arrepintió y dejó el producto, según constaba en el acta de procedimiento policial.
En la audiencia, la jueza concedió la eximición de medidas, y liberó al procesado. La defensora invocó el artículo 28 del Código Penal, donde señala que al arrepentirse de la realización ya iniciada, quedaba eximido de pena.