El proceso guarda relación con el perjuicio patrimonial que se produjo durante sus gestiones en la Senad, durante los años 2012 y 2015, mediante la compra de equipos de escucha telefónica de la firma Televox SRL por valor de G. 9.406.120.000.
Fue fallo unánime de los camaristas Bibiana Benítez, José Agustín Fernández y Delio Vera, quienes ratificaron la sentencia dictada el 6 de diciembre del 2022, por los jueces Cándida Fleitas, Sonia Villalba y Darío Báez.
Primeramente, los camaristas rechazaron los incidentes de prescripción de la acción penal planteada por las defensas de Luis Alberto Rojas y Francisco José De Vargas.
Además de la condena de 3 años a De Vargas, y 4 años y seis meses a Rojas, también ratificaron las penas de Antonio Salvador Pereira y Adalberto Javier Benítez, de 2 años de cárcel, con suspensión de la ejecución de la condena por el plazo de 3 años.
Igualmente, las sanciones de 4 años de encierro para Nicasio Bóbeda y Alfredo Javier Bóbeda Mongelós, conforme con la resolución.
Las defensas habían recurrido la sentencia por lo que solicitaron la nulidad del fallo, y el reenvío para un nuevo juicio oral.
Por su parte, el fiscal de la causa, Luis Lionel Piñánez, requirió que se confirmara la resolución, ya que en el juicio se comprobaron todos los puntos acusados.
Según los camaristas que estudiaron los recursos, el fallo se ajusta a Derecho, por lo que correspondía que se ratifiquen en todos sus puntos.
Ahora, las defensas de los acusados pueden plantear recurso extraordinario de casación ante la Sala Penal de la Corte o acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional.