Fue fallo unánime de los camaristas Arnulfo Arias, María Belén Agüero y Agustín Lovera Cañete. Los mismos confirmaron la sentencia dictada en el juicio oral, el 30 de agosto del 2023, por los jueces Inés Galarza, Olga Ruiz y Fabián Weinsensee.
En el caso, los abogados Josefina Aghemo, Raúl Caballero y Néstor Alfredo Cañete, habían planteado recurso de apelación contra la resolución que condenó a la citada pena a Rubén Moisés Galeano Duarte.
La defensa había requerido la nulidad del fallo, y la desvinculación definitiva de Galeano Cáceres del proceso penal. Alegaron que se violó la sana crítica, se habla de prueba no producida en el juicio, ausencia de tipicidad, fallo incongruente, entre otros.
Por su parte, el fiscal Aldo Cantero, al contestar el recurso, solicitó que los camaristas ratificaran la resolución.
Los camaristas señalaron que el fallo fue bien fundado, que las partes tuvieron oportunidad de observar y verificar las evidencias. Además, que los camaristas tienen una limitada competencia para revalorar las pruebas, por lo que concluyen que el fallo debe ser ratificado en todas sus partes. Ahora, la defensa puede recurrir a la Corte Suprema.