La resolución afecta a Juan Antonio Alonso Ferreira, quien fue hallado culpable de homicidio doloso agravado.
El fallo fue dictado en forma unánime por los ministros Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera.
En el juicio oral, el 11 de abril del 2017, los jueces Gerardo Ruiz Díaz, Hugo Ríos y Jorge Giménez, le condenaron a 30 años de cárcel.
Esta decisión fue ratificada por sentencia del 9 de julio del 2018, por el Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y Penal de Paraguarí.
Contra este último fallo, planteó recurso extraordinario de casación ante la Sala Penal del Máximo el abogado Pablino Cabral Núñez.
Según los ministros de la Corte, la casación planteada no cumplía con los requisitos formales por lo que debía ser declarada inadmisible.
En el caso, ocurrido el 20 de agosto del 2014, en la compañía Hugua Po’i, jurisdicción de Yaguarón, fallecieron Dominga Ríos Garay, de 72 años, y Dorotea Cáceres viuda de Garay, de 69 años.
También sufrió quemaduras Gloria Felicidad Peña Alcaraz, en ese entonces, de 17 años.
Según se probó en el juicio oral, días antes del hecho, el acusado Antonio Alonso fue a la casa con intenciones de matar a Arturo Antonio Díaz, porque había coqueteado con su novia.
El hombre le lanzó una remera encendida, por lo que Díaz sufrió quemaduras y fue a Asunción para curarse de las heridas. Días después, llegó Alonso y creyó que el joven estaba en la casa, la roció con combustible y le prendió fuego. Ahí estaban la abuela, con sus vecinas, quienes sufrieron quemaduras. Las ancianas murieron días después.