01 dic. 2024

Ratifican prisión a Stadecker por presunto feminicidio

En prisión. Gerardo Stadecker, con su entonces defensor, el fallecido Leonardo Garófalo.

En prisión. Gerardo Stadecker, con su entonces defensor, el fallecido Leonardo Garófalo.

El Tribunal de Apelación Penal, Tercera Sala, confirmó el rechazo de la revisión de medidas para Gerardo Stadecker, acusado por el presunto feminicidio de su esposa Sabryna Breuer, por lo que seguirá con prisión preventiva.

Los camaristas Agustín Lovera, Cristóbal Sánchez y José W. Servín ratificaron la resolución del magistrado Mirko Valinotti, del pasado 26 de febrero por el que había rechazado el pedido de revisión de la defensa.

El recurso fue planteado por el abogado Federico Campos, que señaló que él no pidió levantar la prisión preventiva, sino que se le conceda “la prisión preventiva domiciliaria” (sic) a su representado.

Es más, sostuvo que el juez no analizó los nuevos elementos que presentó. Sostiene que descubrieron nuevas evidencias en la causa. Alega que el forense Pablo Lemir señaló que las marcas en la víctima, que eran atribuidas a su defendido, eran antiguas.

Refiere que con las fotos se prueba que las marcas estaban hacía más de una semana, por lo que no fueron en el hecho. De esta manera, solicitan que se revoque la resolución y le den la “prisión preventiva domiciliaria” (sic).

Los abogados querellantes, Gustavo y Ricardo González, solicitan rechazar el pedido de la defensa, ya que son ellos los que alargan la causa innecesariamente, ya que plantearon 13 recusaciones y otros incidentes.

Por su parte, la fiscala Dora Nohl contestó el traslado fuera de plazo, por lo que su escrito fue extemporáneo y no fue tenido en cuenta.

ANÁLISIS. Ya en el análisis de los camaristas, aclaran que la medida cautelar es arresto domiciliario y no prisión preventiva domiciliaria. Alegan que en el Código de Ejecución sí existe la prisión domiciliaria, pero es para los condenados.

Después, analizan los argumentos del magistrado Valinotti, que indica que existe una acusación fiscal por un hecho punible grave como lo es el feminicidio, con pena de hasta 30 años de encierro.

Los camaristas sostienen que el juez respondió todas las cuestiones planteadas por la defensa, y que su resolución estaba bien argumentada, por lo que la resolución debía ser confirmada en todas sus partes.

En el caso, está pendiente la realización de la audiencia preliminar. El hecho se registró en diciembre del 2017, y la acusación fue presentada en diciembre del 2018 y aún está en esta etapa.

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