Según la jueza, los registros de sus trabajos, no cumplían con los requisitos exigidos para que se concediera el descuento de su pena, por la redención. La defensa pedía 7 días por mes, desde el 2021, por los trabajos y estudios que realizó.
En la audiencia, la Fiscalía objetó los registros, debido a que en julio del 2021 el condenado tuvo sobreseimiento provisional, por lo que salió en libertad, pero en las planillas aparece como que siguió trabajando en el penal. También figuran como trabajados en el penal, cuando el mismo tenía orden de captura internacional. En otras planillas, no constan la firma del supervisor.
Ante estas irregularidades cuestionadas por la Fiscalía, la jueza de Ejecución rechazó conceder la redención, es decir, no descontó los días de reclusión, porque las planillas no eran confiables.