22 sept. 2024

Reforma laboral: Evidente disparidad entre el sector público y el privado

La ley del servicio civil y la reforma laboral del sector privado, impulsadas por el Gobierno, se contraponen. Funcionarios públicos con privilegios y empleados con posible pérdida de derechos.

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MT. Centrales obreras y sindicales se movilizaron contra las reformas del Gobierno.

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El debate por la reforma laboral se inició tras el anuncio del presidente de la República, Santiago Peña, de llevar adelante el “mayor cambio en la ley laboral de la historia del Paraguay”.

El anuncio de la medida no tardó en generar reacciones y el rechazo hacia los ejes planteados hizo que, posteriormente, el Gobierno reconozca la necesidad de un amplio diálogo.

Por otro lado, el Gobierno presentó, la semana pasada, ante el Congreso Nacional, una nueva versión del proyecto de ley “de la función pública y de la carrera del servicio civil”, que busca establecer nuevas reglas para el funcionariado público.

Al realizar un contraste entre ambas reformas que afectan a los trabajadores tanto públicos como privados, no se observan cambios que hagan a la equidad entre sectores.

La nueva propuesta de la función pública y de la carrera del servicio civil, que se basa en los acuerdos asumidos con los sindicatos de funcionarios, establece que estos podrán contar con estabilidad laboral permanente tras haber transcurrido dos años ininterrumpidos de servicio dentro de la función pública.

El proyecto de ley también incluye la figura de la evaluación de desempeño del funcionario.

No obstante, esta solo podrá utilizarse para “tomar y fundar decisiones sobre ascensos, promociones, movilidad interna, necesidades de capacitación, estímulos no monetarios, renovación contractual y planes de mejora institucional, según se establezca en las leyes especiales que regulan cada una de las carreras especiales y los reglamentos de evaluación del desempeño emitidos por la autoridad en materia de función pública correspondiente”, según menciona el artículo 25 del proyecto de ley presentado al Parlamento.

Asimismo, el documento establece requisitos sumamente benévolos para poder obtener un ascenso. “Contar con al menos una calificación de «bueno» y ninguna de «reprobado», en las últimas dos (2) evaluaciones de desempeño”, señala.

reforma laboral. En lo que respecta a la reforma laboral del sector privado, si bien el Ejecutivo reconoce que no existe un proyecto elaborado, se pueden citar algunos puntos a ser modificados, ya que estos fueron mencionados por las autoridades.

El propio presidente de la República, Santiago Peña, había adelantado que uno de los ejes de la reforma será la supresión de la estabilidad laboral o inamovilidad que el empleado obtiene al superar el umbral de los 10 años.

La ministra del Trabajo, Mónica Recalde, aseguró que lo que el Gobierno pretende aplicar es la supresión de la necesidad de ir a un juicio laboral para que el empleador se desprenda de un empleado que supere este periodo. Sobre el punto, señaló que un punto a “negociar” con los empresarios será el monto de las indemnizaciones a ser abonadas en estos casos.

Asimismo, el titular del Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social mencionó es la cantidad de permisos que figuran en el presente código laboral y que sería excesivos.

Por último, la funcionaria precisó que otro aspecto que deberá ser abordado es el periodo de vacaciones. Ella consideró que los periodos de descanso son pocos.

Otros aspectos que podrían ser incluidos en la reforma por pedido de los empleadores, son las modificaciones en lo que respectan a los contratos temporales, principalmente en lo que respecta al sector de servicios, eventos, hoteles, entre otros. Asimismo, se pretende establecer nuevas modalidades de contrato.

Posibles modificaciones en lo que respecta a la seguridad social, también formarán parte de la reforma. La intención es establecer condiciones diferenciadas entre los pequeños y grandes empleadores.

Otros puntos que serán modificados tienen que ver con el régimen sancionatorio, así como las suspensiones del contrato de trabajo.

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