A dos años de su promulgación como ley, el programa nacional para el abordaje integral y protección de las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) cuenta con reglamentación del Poder Ejecutivo.
Mediante el decreto presidencial 3624 se facultó al Ministerio de Salud Pública como autoridad de aplicación y encargado de la coordinación general de la Ley 6103/2018.
Así también se designó al Ministerio de Educación y Ciencias como el órgano a cargo del diseño y aprobación de las políticas, planes y programas relacionados con el área de educación, en todos los niveles y modalidades.
El decreto establece el funcionamiento del Registro Nacional de Personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA), dispuesto en la misma ley promulgada en el 2018.
La escasa cobertura del Ministerio de Salud Pública para la atención a personas con este trastorno motivó la iniciativa parlamentaria en aquel año.
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), estimativamente, 1 de cada 160 niños tiene un trastorno del espectro autista en el mundo. En nuestro país son unas 40.000 personas las que padecen de esta condición.
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La reglamentación se da en medio del confinamiento a causa del Covid-19, una situación que afecta de manera especial a los pacientes con TEA.
El TEA es una alteración que se inicia a una edad muy temprana causando retrasos en varias áreas básicas del desarrollo, tales como la capacidad para comunicarse, jugar e interactuar.
Entre las señales para la detección temprana está el aislamiento, poco contacto visual, resistencia a los cambios de rutina, conductas repetitivas, apego a ciertos objetos y una aparente insensibilidad al dolor.
Puede acceder al decreto dando click aquí.