El preámbulo de la Constitución que entró en vigencia el 20 de junio de 1992 definía los principales valores: “El pueblo paraguayo, por medio de sus legítimos representantes reunidos en Convención Nacional Constituyente, invocando a Dios, reconociendo la dignidad humana con el fin de asegurar la libertad, la igualdad y la justicia, reafirmando los principios de la democracia republicana, representativa, participativa y pluralista, ratificando la soberanía e independencia nacionales, e integrado a la comunidad internacional, sanciona y promulga esta Constitución”.
La Constitución de 1992 fue el resultado de un pacto entre las fuerzas políticas, de una clase política que tuvo la altura y la madurez para debatir políticamente dentro de un espíritu de verdadera tolerancia. Esta Constitución fue además un gran rechazo y condena al autoritarismo que apenas había superado el país.
Las palabras, las ideas formuladas en el artículo 1 de la Carta Magna son fundamentales: La República del Paraguay es para siempre libre e independiente, y se constituye en Estado social de derecho. “La República del Paraguay adopta para su gobierno la democracia representativa, participativa y pluralista, fundada en el reconocimiento de la dignidad humana”.
Un país quebrado, con las heridas aún sin cicatrizar, debía proclamar y ubicar todos aquellos valores pisoteados durante la larga dictadura. Es por esto que los constituyentes decidieron que el respeto de las personas debía colocarse en primer lugar. El Paraguay que aprendió de la oscura noche de la dictadura tenía también una Constitución que promueve y garantiza los derechos humanos.
Pero la sociedad paraguaya también tenía que pensar en el futuro, tras apenas pocos años de la caída de la dictadura, construir ese futuro pasaba inicialmente por sepultar el autoritarismo en todas sus formas. Es por eso que en 1992 resulta tan importante que se prohibiera la reelección y se bloqueara cualquier intento de sucesión presidencial. El presidente de la República ya no tenía atribuciones excepcionales y la nueva Carta Magna incorporó instituciones para favorecer la democratización e interacción entre los poderes del Estado, en un “sistema de independencia, equilibrio, coordinación y recíproco control”. Como colofón, en su artículo 3 declara rotundamente: “La dictadura está fuera de la ley”.
La Constitución de 1992 también es importante por los derechos que garantiza al ciudadano, entre ellos los de la objeción de conciencia; libertad de reunión y de manifestación; libertad de expresión, y una de las incorporaciones más importantes, el Artículo 62: De los pueblos indígenas y grupos étnicos: “Esta Constitución reconoce la existencia de los pueblos indígenas, definidos como grupos de cultura anteriores a la formación y a la organización del Estado paraguayo”.
Un aprendizaje que perdura, llega a través del testimonio de protagonistas y testigos, y es el espíritu de diversidad política y tolerancia que se vivió. El Partido Colorado tuvo una mayoría absoluta, 122 del total de 198 convencionales constituyentes, sin embargo, los cargos directivos de la Convención Nacional Constituyente fueron ocupados por bancadas de todos los partidos representados, sin dudas un verdadero ejercicio democrático.
Tres décadas después debemos recuperar aquel espíritu que hizo posibles los acuerdos, pero sobre todo el Paraguay necesita recobrar el nivel de debate político que tanto le falta al país.
30 años después, necesitamos recuperar aquellos sentimientos de solidaridad, de patriotismo y de propósitos de unidad nacional que marcaron la visión país en aquel tiempo.