Pedro Halley, de la Unión de Jubilados del Paraguay, explicó a radio Monumental 1080 AM que, por decisión del Consejo del Instituto de Previsión Social (IPS), el haber mínimo jubilatorio ya no será el 75% del salario mínimo vigente.
Halley sostuvo que esos son los términos estipulados en la resolución del 25 de abril, que es la que salió revocando dicho beneficio de los jubilados y jubiladas.
“Leyendo la resolución, uno no puede sacar ninguna conclusión técnica porque es un acto administrativo que no está fundado”, dijo.
🔴 Haber mínimo jubilatorio del IPS ya no será del 75%: "Es arbitrario e ilegal" dice Pedro Halley
— Monumental AM 1080 (@AM_1080) April 29, 2024
👉🏼 El haber mínimo jubilatorio del 75% del salario mínimo legal o sea en G. 2.010.279 ya quedó sin efecto tras una resolución emitida por el Consejo del Instituto de Previsión… pic.twitter.com/MCHVRJqyjR
También indicó que las resoluciones administrativas deben exponer las causas de la decisión, pero que dicho documento no tenía nada.
“Hay simplemente una decisión que, así como está redactado, es arbitrariedad pura”, cuestionó.
Por otra parte, más allá de ese tecnicismo, afirmó que los beneficios obtenidos por el trabajador o el jubilado no pueden retrotraerse a niveles anteriores, no pueden retroceder.
Puede leer: Jubilados quieren mediación de la Iglesia para resolver conflicto sobre ley de superintendencia
“Desde el punto de vista jurídico tenemos un acto ilegal, aparte de infundado y arbitrario. Suponemos que las causas están en las dificultades financieras que tiene en cuenta al fondo de jubilación”, prosiguió.
Nosotros tenemos versiones de que los recursos presupuestados con que cuenta el Fondo de Jubilaciones no le permitirían una ejecución hasta fin de año, entonces, están buscando ahorrar a toda costa.
A su criterio, hay decenas de gestiones o iniciativas que puede tomar el IPS para economizar, pero “sacrifica a jubilados con esta alternativa”. “Me parece que están tapando un saldo rojo, pero con unos cuantos dedos”, reprochó.