05 abr. 2025

Sala Penal ratifica penas a Cardozo y Godoy, pero no irán aún a prisión

La defensa de Rody Godoy también había presentado una acción de inconstitucionalidad que falta resolver en la Sala Constitucional de la Corte. Las casaciones fueron declaradas inadmisibles.

La Sala Penal de la Corte declaró inadmisibles los recursos de casación planteados por las defensas de los ex ministros de Agricultura Enzo Cardozo y Rody Godoy, con lo que las penas carcelarias de 10 y 7 años fueron ratificadas. Esto, en el caso del desvío de G. 68.000 millones.

Sin embargo, la defensa de Rody Godoy, conjuntamente con la casación, había planteado una acción de inconstitucionalidad contra el fallo de segunda instancia que ratificó las penas, y contra la resolución del juicio oral, que aún está pendiente de resolución, con lo que aún no podría cumplirse lo resuelto.

Además de los ex ministros, también declaró inadmisible el recurso de casación promovido por la coprocesada, Maristela Azuaga, ex directora de Administración y Finanzas del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), condenada a 10 años de encierro.

La Sala Penal estuvo conformada por la ministra María Carolina Llanes y los camaristas Bibiana Benítez y Arnulfo Arias, ante la inhibición de los demás ministros de la Corte y varios camaristas.

El fallo fue dictado en menos de dos meses de su presentación por los abogados Víctor Alexander Rivarola, en representación de Azuaga; Carlos Arce Letelier, por la defensa de Cardozo, y Ricardo Preda Del Puerto con Carla Marcet, por Rody Godoy.

Los mismos atacaron la resolución del 23 de febrero de 2023, del Tribunal de Apelación Penal de la Adolescencia, que ratificó el fallo dictado en el juicio oral del 28 de noviembre de 2022, que condenó a los acusados.

Los ex ministros fueron condenados por el desvío de G. 68.000 millones que tenía que ser destinado a la Federación Nacional de Productores Frutihortícolas (Fenaprofhp), para su distribución a agricultores de 188 comités de todo el país.

ARGUMENTOS. Las defensas señalaron que la causa ya estaba prescripta, como lo había dictado prácticamente el mismo tribunal en otra causa por un supuesto desvío de G. 3.700 millones.

Además, objetaron la violación del derecho a la defensa, ya que el Tribunal dejó sin efecto dos pericias que fueron admitidas en el auto de apertura a juicio oral; y que durante el juicio hubo varios recesos diarios que pasaron los 10 días, lo que interrumpieron el juicio oral.

En mayoría, los camaristas Bibiana Benítez y Arnulfo Arias, que integraron la Corte, señalaron que los recursos no fueron fundados convenientemente, por lo que eran inadmisibles para su estudio.

La ministra Carolina Llanes consideró que el recurso de la defensa de Rody Godoy debía ser admitido para su estudio, pero fue voto en minoría.

Así, declararon inadmisibles todos los recursos de las defensas. Habrá aclaratorias, ya que hubo errores en los nombres de defensores.


68.000
millones fue el perjuicio al Estado, que iba a ser para la Federación Nacional de Productores Frutihortícolas.