05 feb. 2025

Sala Penal rechaza casación del ex intendente Cárdenas

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Inadmisible. La Corte declaró inadmisible el recurso de la defensa de Roberto Cárdenas.

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La Sala Penal de la Corte dejó firme la resolución que ordenó un juicio oral para una nueva medición de la pena para el ex intendente de Lambaré, Roberto Cárdenas, en el caso de los royalties y pavimentación.

En el primer juzgamiento quedó probado que, a raíz de una mala administración de Cárdenas se produjo un perjuicio patrimonial de más de G. 7.000 millones a la intendencia de Lambaré.

En el juicio, el 23 de julio del 2021, los jueces le condenaron a 2 años de prisión, lo que fue anulado por el Tribunal de Apelación Penal de Central, el 3 de agosto del 2022. Los camaristas dispusieron que se realizara otro juicio para determinar la pena a ser aplicada.

Sin embargo, la defensa planteó recurso extraordinario de casación en contra de la parte que fue ratificada del fallo, que los halló culpable de la supuesta lesión de confianza.

EL FALLO. Los ministros María Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y César Garay declararon inadmisible el recurso de casación promovido por la defensa de Cárdenas.

Llanes, en su voto, señala que la resolución de los camaristas no ponía fin al procedimiento, ya que se dispuso que otro tribunal debe estudiar la pena a ser aplicada.

Según la ministra, la parte de la sentencia que no fue anulada (existencia del hecho, culpabilidad del procesado y pena impuesta) no puede adquirir firmeza en su totalidad, considerando que, la base para aplicar una sanción penal es la constatación de un comportamiento típico, antijurídico y reprochable.

Es “inconducente creer que el análisis jurídico sobre los hechos acreditados no se encuentran integradas al análisis de la sanción penal, sobre todo cuando nuestra propia Constitución paraguaya, en consonancia con la normativa internacional y nacional vigente, refiere que toda persona tiene derecho a que no se le condene sin juicio previo”, alega.

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