La restrictiva Ordenanza 28/2019 fue aprobada en la ciudad de San Lorenzo, como iniciativa del concejal Nelson Peralta, presidente de la Junta Municipal. El reglamento prohíbe a los conductores menores de 24 años operar con la aplicación, como también multas a los mal vestidos y a los que suben pasajeros en inmediaciones de las paradas de taxis establecidas.
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Recientemente un conductor de Uber denunció que fue multado y que la pasajera fue obligada a descender del vehículo por haber tomado el viaje en un radio no mayor a 100 metros de una parada de taxi.
En contacto con Última Hora, el director de la Policía Municipal de Tránsito de San Lorenzo, Aldo Ricardo, manifestó que solo cumplen con la ordenanza y que no se trata de una persecución.
Asimismo, dijo que el reglamento no habla específicamente de bajar pasajeros, como sí prohíbe subirlos en inmediaciones de las paradas de taxis, pero de igual manera se encuentra en una laguna, además del tema de la vestimenta, que cuesta definir.
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Entretanto, señaló que el concejal Fredy Franco presentó un proyecto de modificación de dos artículos, al igual que el ministro de la Juventud, Felipe Salomón, ya que una de las disposiciones establece contar con 24 años en adelante para operar con las aplicaciones.
Así también, explicó que el tema del registro de categoría “A” es para los trabajadores de Uber o MUV que hayan accedido a los documentos en dicha ciudad, aunque detalló que es también una exigencia contar con el registro clase “B” por un tiempo de al menos dos años para acceder a la categoría “A”.
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Las multas van desde G. 253.000 por no estar bien vestido y G. 843.000 por no tener registro categoría “A”.
Cada ciudad establece diferentes prohibiciones a las aplicaciones de Uber y MUV en cuanto a la operatividad de las mismas.