La Cámara de Senadores sancionó ayer la versión de la Cámara Baja respecto a un proyecto de tránsito y seguridad vial que mantiene los controles aleatorios de alcotest en las rutas. De esta manera, se asigna de vuelta a la Patrulla Caminera, la potestad de seguir realizando los operativos para detectar conductores en estado de ebriedad o bajo efectos de estupefacientes.
Por mayoría de 31 votos a favor, 8 en contra y 6 ausencias quedó sancionado el texto propuesto por los diputados, que ahora pasa a consideración del Ejecutivo para su veto o promulgación.
El texto aprobado, “que modifica el artículo 112, inciso X, y el artículo 113, inciso G, de la Ley N° 5016/2014, de Tránsito y Seguridad Vial” estipula como faltas graves: “La conducción en estado de intoxicación alcohólica desde 0,200 a 0,250 mg/l de CAAL y 0,400 a 0,500 g/l de CAS”.
Constituyen faltas gravísimas: “La conducción en estado de intoxicación alcohólica, desde 0,251 mg/l a 0,399 mg/l CAAL (miligramo de alcohol por litro de aire exhalado) o desde 0,501 g/l a 0,799 g/l de CAS (gramos de alcohol por litro de sangre), la constatación laboratorial de intoxicación por consumo de estupefacientes u otras sustancias sicoactivas que alteren al conducir”.
Superado el límite mencionado, los antecedentes serán remitidos al Ministerio Público para la prosecución penal. Igualmente se considera falta gravísima oponerse al control de alcoholemia.