El proyecto que modifica y amplía la Ley 3728/09 Que establece el derecho a la Pensión Alimentaria para las Personas Adultas Mayores en Situación de Pobreza fue tratado como segundo punto del orden del día en la sesión ordinaria de la Cámara de Senadores.
La normativa incluye la inscripción automática para la pensión alimentaria de las personas con 65 años, paraguayo natural o naturalizado, con por lo menos cinco años de residencia, o extranjero con 30 años de residencia, que estén en situación de vulnerabilidad.
Se excluye a aquellos que accedan a una remuneración ya sea del sector público o privado, que tenga obligaciones del Impuesto a la Renta Personal (IRP) y que en su declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) informen de ingresos superiores a dos salarios mínimos y aquellos que posean 30 cabezas de ganado.
Esto, que es la versión de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, se aprobó por la mayoría del pleno luego de una larga discusión, y establece la modificación de los artículos 1°, 2°, 5°, 7° y 9°, e incluye otros cinco nuevos.
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El texto había sido presentado en un principio por el senador Salyn Buzarquis para universalizar el cobro de la pensión alimentaria a personas de la tercera edad, pero sus pares Víctor Ríos y José Ledesma también presentaron un documento similar, con la que se unificó la propuesta.
El proyecto aprobado en Cámara Alta también establece que el Fondo de Pensión Alimentaria para Personas Adultas Mayores se regirá por lo establecido en la ley, según disponibilidad presupuestaria.
Otra modificación es el acápite del proyecto, el cual ahora refiere que la ley “establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para las personas adultas mayores”, y se eliminó la parte que decía “en situación de pobreza”.
La otra modificación se realizó en el primer artículo, con lo cual se extiende el beneficio a los paraguayos naturalizados y extranjeros, con una mensualidad no menor a la cuarta parte del salario mínimo vigente, cuyo monto actual ronda alrededor de los G. 528.000.
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Asimismo, se señala que la implementación se realizará de forma gradual, en el primer año con la inclusión de un 50% de las personas adultas mayores de los departamentos más pobres del país, y en el segundo año se extenderá al resto.
Entre los nuevos artículos, se establece que la implementación se financiará con los ingresos genuinos del Ministerio de Hacienda, el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a bebidas alcohólicas y otros de tipo tributario, previstos en el Presupuesto General de la Nación.
El tema debe pasar a consideración de la Cámara de Diputados.