El texto del proyecto fue planteado por el Poder Ejecutivo, en carácter de urgencia, como consecuencia de la fuga del jefe narco Jorge Teófilo Samudio González, alias Samura, tras su traslado para comparecer en una audiencia en el Poder Judicial.
Si bien existe una Acordada N° 1325/19 de la Corte Suprema de Justicia que autoriza el uso de videoconferencias, el Ejecutivo y el Legislativo consideraron la necesidad de regular por ley esta modalidad para audiencias.
Con algunas modificaciones en el texto original, la propuesta fue aprobada en el Senado. Ahora deberá ser analizada por la Cámara de Diputados.
El proyecto tiene como objeto regular el uso de videoconferencia para realizar audiencias en las distintas etapas del proceso penal que deban desarrollarse ante el Poder Judicial o ante el Ministerio Público.
Además, menciona que en la audiencia para procesados y condenados, el juez o el tribunal autorizará el uso de videoconferencia cuando concurran en hechos punibles como crimen organizado, cuando exista sospecha de fuga o peligro de sustraerse de su custodia durante el traslado.
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También regula que esta modalidad sea utilizada para audiencias de víctimas, testigos o peritos, cuando el juez o tribunal lo autorice, en casos en los que la víctima sea de un hecho punible relacionado a la violencia de género, cuando se trate de hechos punibles con el crimen organizado, cuando se tengan dificultades para comparecer físicamente, una distancia considerable o por razones de seguridad.
El proyecto también expresa que la Corte Suprema de Justicia, la Fiscalía y el Ministerio de Justicia dispondrán la implementación de la ley en el ámbito de sus competencias.