El proyecto de ley que deroga la Ley 1335/99 del Escalafón Diplomático y Consular y establece el servicio diplomático, consular, administrativo y profesional del Ministerio de Relaciones Exteriores volvió a ser tratado en la sesión ordinaria de la Cámara de Senadores este jueves.
La plenaria aprobó el documento en general hace una semana y esta jornada fue tratado cada artículo en particular. Con ello, obtuvo media sanción del Senado y fue enviado a la Cámara de Diputados.
En un principio, se planteó hacer la votación por cada capítulo del proyecto, pero se revirtió tras reducirse la sesión a una menor cantidad de parlamentarios.
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El documento fue presentado por los senadores colorados Lilian Samaniego, Arnaldo Franco, Rodolfo Friedmann, Antonio Barrios, el liberal Eusebio Ramón Ayala y del PDP, Pedro Arturo Santa Cruz.
Samaniego explicó que con esta propuesta legislativa no se pretende eliminar el concurso de méritos para el escalafón diplomático. Sin embargo, permitirá que el personal administrativo pueda acceder a una mejor jerarquización.
“Si fuera como dicen, que se quiere favorecer a alguien, ¿creen que acompañaría una ley de este tenor?”, cuestionó la senadora, quien en esencia deja a criterio político el escalafón y resta preponderancia al concurso público.
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La Asociación de Diplomáticos Escalafonados del Paraguay (ADEP) manifestó que hay un avasallamiento de la clase política. Sostiene que el proyecto es inconstitucional y que por añadidura la Cancillería podría convertirse en un botín político, como sucede con las entidades binacionales.
Senadores retirados
El senador Juan Carlos Galaverna, de la ANR, intentó postergar el tratamiento del proyecto de ley en particular, pero no prosperó. Ante este escenario, se retiró “en carácter repudio” de la sesión alegando que los resultados superaban “su capacidad de resistencia”.
Seguidamente, la senadora Georgia Nani Arrúa, del PPQ, anunció lo propio en nombre de su bancada y posteriormente le siguió el parlamentario Carlos Filizzola en representación del Frente Guasu. A esta postura se sumó el colorado Sergio Godoy.
La Cámara de Senadores tuvo que realizar el conteo de los participantes y seguía contando con cuórum. De esta manera, Samaniego accedió a realizar el estudio de cada uno de los 124 artículos.
Sin embargo, las modificaciones en su mayoría fueron de forma y terminaron por aceptarse todos los artículos propuestos por la Comisión de Relaciones Exteriores y Asuntos Internacionales.
Lo que dice el proyecto
Entre los artículos aprobados se destaca donde se menciona que el ingreso de nuevos funcionarios al escalafón solo podrá efectuarse por concurso público de oposición y méritos en el rango de Tercer Secretario.
En tanto, la Junta de Calificaciones evaluará las pruebas y méritos de los concursantes, seleccionando a aquellos que hayan obtenido las mejores calificaciones hasta completar el número de plazas fijado en la convocatoria, teniendo en cuenta un mínimo de 80% con personas que posean título universitario expedido o revalidado en el país, en las áreas de derecho, economía, relaciones internacionales, ciencias sociales, medioambientales u otras afines.
Y un máximo de 20% con ciudadanos de reconocida capacidad y que posean nivel universitario (habiendo aprobado como mínimo el 50% de las materias de la carrera universitaria y dominando una lengua extranjera).
En la ley actual se establece un 70% y 30%, respectivamente.
También se determina que el presidente de la República, con acuerdo del Senado, podrá designar como embajador a: a) diplomáticos de carrera con rango de embajador; b) funcionarios escalafonados diplomáticos que no posean el rango diplomático de embajador; c) funcionarios del MRE que no integren el escalafón diplomático y d) personas de nacionalidad paraguaya natural, que poseen notoria capacidad y versación para ocupar el cargo.
Las designaciones contempladas en los incisos b, c y d no podrán exceder el 50% del total de embajadores designados en el exterior. Mientras que los embajadores designados conforme a los incisos c y d no integrarán el escalafón diplomático.
Se prohíbe que los funcionarios puedan ejercer actividad proselitista de carácter político-partidario en el desempeño de sus funciones dentro de las sedes de la Cancillería Nacional, misiones diplomáticas y consulares en el exterior, mientras duren en funciones.