Con ello, solo el condenado González Daher afrontará juicio oral por el supuesto hurto agravado y quebrantamiento del depósito, no así su abogada González Ramos, que iba a ser juzgada por presunta obstrucción al resarcimiento de daños.
En el caso, la abogada Raquel Talavera presentó un acuerdo conciliatorio con las víctimas Dolly Librada Bareiro y Emigdio Bernardo Balbuena, donde los mismos fueron indemnizados y retiraron la instancia.
La abogada sostuvo que para la persecución del citado hecho punible hace falta la instancia de la víctima, lo que no se realizó. Sin embargo, ahora presentan el desistimiento y solicitaron la extinción de la acción penal y el sobreseimiento definitivo.
ALLANAMIENTO. Los fiscales Néstor Coronel y Luis Piñánez analizaron la pretensión de la procesada. Concluyeron que al retirarse la instancia por parte de las dos víctimas, ya no tienen la posibilidad de ejercer la acción penal. Esto, porque la víctima es la que otorga el permiso para ejercer la acción, por lo que corresponde la extinción de la acción y el sobreseimiento definitivo.
Esto fue analizado por los jueces Juan Carlos Zárate, María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Capurro, quienes señalaron que la defensa cumplió con las condiciones, ya que hubo acuerdo resarcitorio, que fue presentado antes del juicio oral.
Además, señalan que el documento fue formalizado ante un escribano, y las víctimas desisten de la instancia, a lo que se suma el pedido de los representantes del Ministerio Público.
Al final, apuntan que la ley procesal penal admite como uno de los motivos de la extinción de la acción y el sobreseimiento definitivo el acuerdo con la víctima, por lo que concedieron el pedido.
Con ello, extinguieron la acción penal y sobreseyeron definitivamente a la abogada Emma González Ramos, con lo que no será sometida a juicio oral por el hecho punible de obstrucción al resarcimiento de bienes.
Solo Ramón Mario González Daher deberá afrontar juicio oral por el caso de la desaparición de los cheques del Juzgado a cargo del magistrado Humberto Otazú.
Con relación a la abogada González Ramos, aún le queda una causa por supuesta denuncia falsa, que ahora se encuentra en el Tribunal de Apelaciones, que debe resolver si admite o no la excepción de incompetencia de jurisdicción, para que sea juzgada en Luque y no en la Capital.
Por recursos pendientes de resolución, el juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú, no pudo aún tener por recibidas la acusación fiscal y las evidencias, en el caso de presunto lavado de dinero de Delcia Karjallo, Fernando González Karjallo y Carolina González, esposa, hijo y nuera, respectivamente, de Ramón Mario González Daher. Es que ni siquiera la imputación está firme en el caso, ya que el Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos, aún no resolvió el incidente de nulidad de la imputación. Tampoco resolvió varios otros recursos planteados por las tres defensas, según informaron en el Juzgado. Asimismo, también se encuentra pendiente de resolución en la Sala Penal de la Corte la apelación en contra del fallo que concedió el plazo extraordinario de seis meses más para la investigación del caso. Además, hay recusaciones pendientes, con lo que, al no estar firme la imputación, no se puede recibir la acusación del Ministerio Público, que fue presentada el pasado miércoles por los agentes fiscales.