La fiscala del caso, Belinda Bobadilla, el pasado 27 de noviembre del 2024 solicitó el sobreseimiento provisional a favor del encausado, con el argumento de que faltaban algunas diligencias.
Así, la ampliación de la declaración de escribana Mirna Aldama, las testificales de Carlos Quintana, Ivone Lastra, a más de la obtención del protocolo de la escribanía de del 23 de octubre del 2013, la pericia caligráfica de las firmas, y también requerir una asistencia jurídica internacional sobre los movimientos migratorios de Mirna Dávalos, la fallecida esposa de Rojas.
Por su parte, el defensor del encausado, Filemón Meza, requirió aplicar el criterio de oportunidad, teniendo en cuenta que el mismo tiene una sentencia firme y ejecutoriada de 25 años de encierro, por lo que se daban los requisitos para esta figura.
El juez analizó el caso, y rechazó el criterio de oportunidad requerido por la defensa. Admitió el pedido de sobreseimiento provisional planteado por la Fiscalía, para que la misma realice las diligencias que señaló. Con ello, ahora, la agente tiene un año para pedir la reapertura de la causa.