El letrado afirmó que la CN habla de comportamientos indecorosos u ofensas, pero emitir una opinión no cabe dentro de lo que se entiende por inconducta.
“La inconducta de un parlamentario no puede ser vinculada a la emisión de una opinión. Esto no puede derivar en una sanción, sin afectar la esencia de la función constitucional”, sostuvo.
“Yo creo que no es una causal que amerite aplicar el artículo 190, porque hay situaciones mucho más delicadas, no tiene sentido sancionar por una opinión, no es algo que esté contemplado”, enfatizó.
SANCIÓN. La Cámara de Diputados sancionó a la diputada liberal Celeste Amarilla con suspensión por 60 días, por sus expresiones en las que afirmó que al menos 60 o 70 de los congresistas ingresaron con dinero sucio
Amarilla cuestionó que sin previo aviso se haya llevado del debate libre a aprobarse la sanción. La diputada liberal pidió dejar la sesión a todos los que estuvieren en contra de la medida.
En medio de discusiones y cuestionamientos, el presidente de la Cámara, Pedro Alliana, decidió poner a votación si se trataba el proyecto de resolución o se concedía a Amarilla el pedido de un previo sumario y posterior derecho a defensa.
Finalmente, las bancadas opositoras abandonaron la sesión y se dio vía libre al ingreso del proyecto y seguidamente se dio paso a votar por la sanción, donde se registraron 47 votos a favor de la primera suspensión a una legisladora
El impulsor del proyecto, Basilio Núñez, dijo que por la gravedad de sus expresiones la diputada liberal debería perder su investidura. “Es reiterativo, no es una vez. A los colorados les trata de una mierda, a los profesores les trata de burros. Cuántas veces nos trató de burros también”, acusó.
Los diputados opositores de diferentes bancadas coincidieron en que esta sanción deja un mal precedente dentro de la Cámara Baja. En ese sentido se mostraron los diputados Rodrigo Blanco, Sebastián Villarejo, Rocío Vallejo, Carlos Rejala, Celso Kennedy, Édgar Acosta, Norma Camacho, entre otros.
“Es una locura sancionar a una colega por sus expresiones. Podemos debatir, pero no sancionar una opinión. Podemos estar en desacuerdo, podemos criticar, podemos enojarnos, pero jamás de los jamases podemos sancionar a una colega por su opinión”, dijo Villarejo.
Todo una ola de críticas generó nuevamente lo acontecido en Diputados.
Los artículos
El artículo 190 de la Constitución Nacional que habla del Poder Legislativo refiere que “cada cámara redactará su reglamento. Por mayoría de dos tercios podrá amonestar o a percibir cualquiera de sus miembros, por inconducta en el ejercicio de sus funciones, y suspenderlo hasta sesenta días sin goce de dieta. Por mayoría absoluta podrá removerlo por incapacidad física o mental, declarada por la Corte Suprema de Justicia. En los casos de renuncia, se decidirá por simple mayoría de votos”. En tanto, el 191 señala que “ningún miembro del Congreso puede ser acusado judicialmente por las opiniones que emita”.