El director de Itaipú de la margen paraguaya durante el periodo de gobierno de Horacio Cartes (2013-2018), James Spalding, manifestó a ÚH que la autorización al Club Náutico Costa del Lago, para el uso de parte de la franja de protección del embalse, se dio en conjunto con el director del lado brasileño, luego de estudios realizados por diversas áreas de la entidad.
El contrato de comodato firmado por los directores de Itaipú con la Asociación Civil Club Náutico Costa del Lago, habitantes del condominio del mismo nombre y administrado por Corporación La Esperanza SA fue en el año 2015, por lo que el director brasileño de ese tiempo era Jorge Miguel Samek.
PLAN DE GESTIÓN. “Cualquier solicitud de comodato debe pasar necesariamente por la evaluación correspondiente, a través de los distintos niveles de los órganos técnicos pertinentes, en el marco del Plan Director de Gestión Ambiental Binacional. Si cumple, y solo si cumple, con los requisitos técnicos ambientales exigidos, se encamina para su análisis al ámbito financiero y, posteriormente, al ámbito jurídico para la elaboración del contrato de comodato y verificación documental”, señaló el ex titular paraguayo de la binacional.
Agregó que con toda esta información y los pareceres técnico, financiero y jurídico respectivos, recién ahí se puso a consideración del Directorio Ejecutivo Binacional.
“Al dar cumplimiento a todas estas gestiones antes mencionadas, se autoriza la firma del contrato de comodato por ambos directores generales”, expresó.
Spalding indicó que, en el caso del Club Náutico Costa del Lago, se cumplió con todos los pasos previos obligatorios, por lo que la Itaipú procedió a autorizar la cesión de uso del bien inmueble, bajo el régimen de comodato, a la Asociación Recreativa Civil sin fines de lucro Club Náutico Costa del Lago, ubicado en la zona de Hernandarias, Departamento de Alto Paraná, a pocos kilómetros de la usina hidroeléctrica.
HUMEDAL. Spalding también señaló que la autorización del uso de la franja está especificada en la cláusula sexta del contrato de comodato, que habla del uso de 0,62 hectáreas solo para área de servidumbre de paso para acceso de embarcaciones. Dijo que en ningún momento se incluyó el área de humedal porque es propiedad privada.
Lo publicado por ÚH no se refirió a una cesión de este humedal, sino a la denuncia realizada por la entidad en el año 2012 por delitos ambientales cometidos en ese tiempo, tema que ahora investiga el Ministerio del Ambiente a partir de una reciente intervención.
CONTRATOS. La Itaipú firmó durante varios años contratos de comodato con varios propietarios de iniciativas privadas para explotar las áreas verdes de la poligonal envolvente, franja de 1.524 kilómetros, que va desde Hernandarias hasta Salto del Guairá, fruto de la expropiación realizada en el año 1979.
La Ley 752 del 20 de julio de 1979, que ordenó la expropiación de dichas tierras, señala en su artículo séptimo: ”Los bosques y las demás formas de vegetación natural existentes en el área delimitada y comprendida entre la cota 225 y la línea poligonal envolvente serán de conservación permanente”.
Otros clubes y condominios que ocupan parte de la franja de protección de Itaipú son el Club Náutico Hernandarias y el Santa Helena Country & Marina Club, otros ubicados anteriormente en el área 6 de Hernandarias fueron clausurados y recuperados entre el 2008 y el 2013.
En el caso del Santa Helena Country y Marina Club, la empresa obtuvo un contrato de comodato en 2006, bajo la administración Víctor Luis Bernal Garay, en la era de Nicanor Duarte Frutos (2003-2008).
En el caso del Club Náutico Hernandarias, presentó su pedido de contrato de comodato, pero aún no cuenta con ningún tipo de permiso para ocupar el área prioritaria de Itaipú hace 23 años.