El camarista Gustavo Auadre, que integró el Tribunal de la Cámara de Apelaciones, que dispuso el sobreseimiento definitivo de Édgar Melgarejo, ex titular de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac) y otros funcionarios en el caso conocido como “tapabocas de oro”, justificó su accionar argumentando que la Fiscalía no dio oportunidad suficiente para la declaración de los imputados.
En comunicación con radio Monumental 1080 AM, Auadre se refirió al artículo 350 del Código Procesal Penal que trata sobre la indagatoria previa.
“En ningún caso el Ministerio Público podrá formular acusación si antes no se dio oportunidad suficiente para la declaración indagatoria del imputado, en la forma prevista por este código,” argumentó.
🔸 Tapabocas de Oro: Camarista argumenta sobre acusaciones y defensa en el proceso penal
— Monumental AM 1080 (@AM_1080) July 1, 2024
👉🏼 El Dr. Gustavo Auadre abordó los aspectos legales y constitucionales relacionados al sobreseimiento en el caso tapabocas de oro, donde la Fiscalía Adjunta interpuso un recurso ante la CSJ… pic.twitter.com/DD38hABL2K
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El camarista también mencionó que en este caso no se tuvo en cuenta el artículo 6 del mencionado código, que establece la inviolabilidad de la defensa.
“Su violación producirá la nulidad absoluta de las actuaciones a partir del momento en el que se realice. Si una actuación del proceso no se adecua a las fórmulas normativas, carece de valor,” añadió.
Auadre concluyó que estos dos aspectos son fundamentales en un proceso legal, por lo que correspondía la anulación de la acusación. “La indefensión conlleva la nulidad. Esto es un pilar fundamental en nuestro sistema legal”, afirmó.
El Tribunal de Apelación que anuló la acusación de Édgar Melgarejo estuvo integrado por Cristóbal Sánchez, Gustavo Auadré, que votar a favor con la disidencia de José Waldir Servín.
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Según la fiscala adjunta, Soledad Machuca, la resolución de los camaristas fue infundada y arbitraria, y con esto “se priva al Estado paraguayo a obtener la debida y plena protección respecto de la severa y dolosa lesión perpetrada en las funciones del Estado y a la sociedad”.
La imputación señalaba a Melgarejo como responsable del patrimonio de la Dinac, en su calidad de presidente, afirmando que la adquisición realizada el 27 de marzo de 2020 a la empresa Proyectos Global S.A. había causado un perjuicio patrimonial de G. 59.960.000, lo que representa el 99% sobre el valor real de los tapabocas adquiridos.
La decisión judicial también benefició a Juan Carlos Turitich, Marcelo Ovelar, Luz Chamorro y Fernando Gallardo, quienes también estaban procesados en la causa.