Según los familiares del niño fallecido, la fijación de la fecha para el juicio oral y público al médico uruguayo Miguel Ángel Cabarcos Vieyto ya superará el plazo de cuatro años, por lo que se corre el riesgo de la extinción de la causa como establece la legislación nacional.
El temor se da luego de que el magistrado Julio César Granada Fleitas, presidente del Tribunal de Sentencia, fijara las fechas 15, 16 y 17 de setiembre del 2020 para el juicio oral y público al profesional médico, en una dependencia del Poder Judicial de la ciudad de San Lorenzo, Departamento Central.
Según el abogado de la familia querellante, Gerardo Galeano, la fecha fijada ya excede tres meses del plazo de cuatro años establecido en el Código Procesal Penal para la extinción de la causa, ya que el proceso lleva más de tres años.
Nota relacionada: Corte da vía libre para juicio contra médico por presunta negligencia
Galeano informó que presentó un recurso ante la Corte Suprema de Justicia buscando que el plazo para el juicio oral se vuelva a agendar, a fin de evitar que se extinga el periodo, considerando que puede haber apelación posterior ante instancias superiores que conlleva también tiempo.
El juez Julio César Granada Fleitas, en comunicación telefónica, mencionó que todos los juicios fueron fijados en plazos correspondientes. “No tengo ningún juicio que se haya declarado en extinción, no tengo conocimiento de que algún expediente se haya extinguido en mi Juzgado”, aseguró.
El juez dijo que el abogado querellante probablemente esté manejando un cómputo erróneo. “Hay muchos hechos que suspenden ese cómputo, además de eso puede ser que no haya comparecido donde fue citado, como una rebeldía” señaló.
También puede leer: Médico busca evitar juicio oral en caso de supuesta negligencia
En cuanto al reclamo de la familia, de un plazo muy largo para la realización del juicio oral y público, Granada Fleitas justificó que debe realizar cuatro juicios orales por día, y que integra varios tribunales, pero que a pesar de la recarga de trabajo todos los expedientes están al día.
Lo que dice la ley sobre la extinción
El Artículo 136 del Código Procesal Penal, que habla de la duración máxima, establece que toda persona tendrá derecho a una resolución judicial definitiva en un plazo razonable. Por lo tanto, todo procedimiento tendrá una duración máxima de cuatro años, contado desde el primer acto de procedimiento.
Todos los incidentes, excepciones, apelaciones y recursos planteados por las partes, suspenden automáticamente los plazos, que vuelven a correr una vez que se resuelva lo planteado o el expediente vuelva a origen.
Este plazo solo se podrá extender por 12 meses más cuando exista una sentencia condenatoria, a fin de permitir la tramitación de los recursos. La fuga o rebeldía del imputado interrumpirá el plazo de duración del procedimiento. Cuando comparezca o sea capturado, se reiniciará el plazo.
El caso
Alexander Benítez, de 4 años, falleció en un sanatorio privado de San Lorenzo el 13 de junio del 2016. El pequeño llegó con sus padres Ramón Benítez Larroza y Gloria María Cabral de Benítez desde Curuguaty, Departamento de Canindeyú.
El deceso se produjo luego de una intervención quirúrgica de amigdalotomía y adenoidectomía, que estuvo a cargo del médico Cabarcos Vieyto en el sanatorio Santo Domingo, de la ciudad de San Lorenzo.
Lea más en: Fiscalía acusa a médico por supuesta negligencia médica
La cirugía tuvo múltiples complicaciones posteriormente, que derivaron en el urgente traslado del menor hasta el sanatorio San Sebastián, de la misma ciudad. Finalmente, el paciente falleció, a pesar de la ardua tarea de reanimación de los profesionales.
Lo que hasta la fecha no pueden entender los familiares de Alexander es cómo estando en buenas condiciones, con todos los signos vitales intactos, de una simple amigdalitis pudo haber perdido la vida.