Con ello, el magistrado corrió traslado a la Fiscalía para que conteste la apelación presentada por los procesados en contra del fallo que rechazó el pedido de anular el acta de imputación en contra de los mismos.
La defensa había señalado que la imputación presentada por el fiscal Osmar Legal no cumplía con los requisitos exigidos por el Código Procesal Penal, en el sentido de que no especificaba los hechos por los que se les imputaba.
Tras el análisis del juez Otazú, entendió que efectivamente sí se cumplían los requisitos, tales como la identificación del imputado, un breve relato de los hechos y la fecha para presentar el requerimiento conclusivo.
Sostuvo que “el Ministerio Público ha identificado al procesado Justo Rubén Ferreira Servín, pues se han consignado sus datos personales, detallando sucintamente los hechos que se les imputan sobre la base de algunos elementos de sospecha e indica el tiempo estimado para formular requerimiento conclusivo”.
Añade que “por lo que no se ha vulnerado ningún principio al derecho de la defensa, teniendo en cuenta que la Fiscalía lo hizo dentro de sus atribuciones, de sus deberes conforme a lo que establece la ley”.
De esta manera, había rechazado la nulidad requerida por las defensas de los dos procesados por los supuestos delitos de contrabando, producción de documentos no auténticos y asociación criminal.
Esto fue apelado la semana pasada por las defensas de ambos procesados.
Ahora, el juez le dio trámite y le corrió traslado al Ministerio Público, que seguramente pedirá ratificar la resolución dictada por el magistrado Otazú.
Una vez que tenga la contestación, el caso deberá ser elevado al Tribunal de Apelación en lo Penal, que deberá estudiar los recursos planteados por las dos defensas.