El uso de dicho documento entrará a regir a partir del lunes 1 de julio, luego de años de espera, principalmente por parte de camioneros, quienes incluso realizaron movilizaciones exigiendo su puesta en vigencia. Es resultado de las negociaciones del Comité Técnico de Transporte Terrestre de Carga, que iniciaron en 2021.
No obstante, las sanciones por el incumplimiento de portar la Carta de Flete comenzarán recién dentro de 15 días, ya que se estableció ese plazo para su adaptación.
En contacto con ÚH, Diego Bogarín, del Sindicato de Trabajadores de Transporte de Carga (Sittracni), dijo que celebran la implementación, ya que permitirá mayor transparencia y formalización.
En tanto, resaltó que esperan que tanto los camioneros como las intermediadoras cumplan con el acuerdo al que llegaron respecto al costo operativo. Señaló también que consideran que aún se debe evaluar la tabla de costos que se utiliza actualmente, ya que data del 2023.
Según la resolución 979 de Dinatrán, son las transportadoras o empresas intermediadoras las que deberán emitir el documento, a través de la página web de la entidad.
La carta debe ser entregada al fletero, quien a su vez debe portarlo en ruta para el control correspondiente. En la misma, constará el precio fijado entre quien contrata el servicio y la intermediación, el monto que se le paga al que realiza el servicio, entre otros datos.
Hugo Pastore, de la Capeco, afirmó que la Carta de Flete permitirá que el sector se formalice, pero dijo que les preocupa que varias intermediadoras se resisten a su uso. Aclaró, además, que el mercado sigue siendo libre, pese a la tabla de costos operativos.