Los camaristas rechazaron las apelaciones del Ministerio Público y la defensa de los coprocesados, por la improcedencia de las argumentaciones que alegan, atendiendo al AI. 126 del 12 de abril pasado, informó el corresponsal en Ciudad del Este, Edgar Medina.
De esa manera se confirma la resolución de la jueza en lo penal de Garantías Cinthia Garcete, a casi 1 año de haberse firmado el sobreseimiento definitivo del senador Ernesto Javier Zacarías Irún y el ex intendente interino de Ciudad del Este, Alberto Rodríguez Florentín, además del sobreseimiento provisional de la ex intendenta Sandra McLeod de Zacarías.
Corresponde a la causa penal No. 13/2019 iniciada por lesión de confianza, también conocida como el caso de Frontera Producciones. En este caso, también fueron sobreseídos en forma provisional 8 coprocesados, ex funcionarios municipales vinculados a la jefatura de prensa y la firma publicitaria.
La Fiscalía había señalado que se desvió una suma de más de G. 2.100 millones inicialmente y luego volvió a presentar otra imputación por un monto mayor, que fue de G. 3.700 millones, que supuestamente fueron utilizados para financiar una campaña electoral de la familia Zacarías.
Los camaristas Miryam Meza, Silvio Perfecto Orrego y Juliana Giménez, resolvieron declarar improcedente los recursos de apelación general de los agentes fiscales Francisco Cabrera, Diego Arzamendia y Natalia Fuster, por falta de argumentación, así como los recursos de apelación de los defensores de los sobreseídos provisionalmente, quienes pedían el sobreseimiento definitivo.
En el mismo auto interlocutorio se declaró inadmisible un recurso de apelación interpuesto contra un auto interlocutorio firmado por la magistrada Garcete, que resolvía un pedido de aclaratoria, por ser inapelable, conforme a los datos que saltaron ayer.
La investigación fiscal se había basado en el ejercicio fiscal de los años 2014 al 2018 de la comuna de Ciudad del Este a cargo de McLeod de Zacarías. En el proceso fue imputado el senador, por instigación al delito de lesión de confianza, a quien le sindicaron que ejercía la administración municipal de facto, sobre la base de una declaración del ex jefe de prensa Juan Sanabria.
La jueza Garcete había anulado varios elementos de pruebas durante una audiencia preliminar y la causa no fue elevada a juicio oral y público, hecho que motivó un duro cuestionamiento de los fiscales Anticorrupción, quienes la acusaron de valorar elementos que debían ser valorados en un juicio oral y público, por jueces de Sentencia.
La investigación se realizó sobre la ejecución presupuestaria de los años 2014 al 2018, pero la acusación fiscal solo incluyó los años 2014, 2015 y 2018. La magistrada señaló que los ejercicios 2014 y 2015 ya tenían una resolución favorable del Tribunal de Cuentas, por lo que ya era cosa juzgada y anuló la acusación.
La Fiscalía quedó solamente con la acusación con relación a la ejecución presupuestaria del año 2018, en el que se anularon varias pruebas, teniendo la Fiscalía un año para arrimar los elementos necesarios y solicitar la reapertura de la causa, quedando solamente un poco más de 2 meses para el efecto, que en caso de que no lo hicieran se daría el sobreseimiento definitivo a los acusados.