El Tribunal de Apelación en lo Penal, Cuarta Sala, revocó la prisión preventiva de Justo Pastor Cárdenas, ex titular del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), imputado por enriquecimiento ilícito.
Con ello, ahora, el juez Humberto Otazú deberá citarle para hacer efectiva su libertad, e imponerle algunas medidas sustitutivas para asegurar su sujeción al proceso.
El fallo fue dictado por los camaristas Emiliano Rolón, Pedro Mayor Martínez y Gustavo Santander, quienes revocaron el fallo dictado el 25 de julio pasado por el juez Elio Ovelar, que interinaba a Otazú.
Cárdenas estaba privado de su libertad desde el pasado 3 de diciembre del año pasado, teniendo en cuenta que el hecho punible era de los denominados crímenes.
La defensa había requerido la revocación o nulidad del fallo, ya que no había sido argumentado correctamente, conforme señaló.
La Fiscalía, por su parte, solicitó que se ratificara la resolución dictada por el magistrado.
Los camaristas dijeron que correspondía revocar el fallo, teniendo en cuenta que existen otras medidas menos gravosas para someterse al proceso.