03 jul. 2024

TSJE reglamenta cobro de multas para los que no voten

El Tribunal Superior de la Justicia Electoral (TSJE) estableció este jueves el reglamento para la aplicación de multa para las personas que no voten en las elecciones nacionales o municipales.

TSJEDIG4.jpg

El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) alista máquinas para internas municipales en 13 distritos.

El Tribunal Superior de la Justicia Electoral (TSJE) dio a conocer este jueves el reglamento para la aplicación de multa para las personas que no voten en elecciones generales o municipales, según está previsto en el artículo 332 de la Ley 834/1996 del Código Electoral.

El monto de la multa es de un jornal (G. 98.000). No obstante, la normativa no establece penas para los que no paguen la multa.

El Ministerio Público será la entidad encargada de solicitar al juez electoral competente la aplicación de la sanción prevista en el artículo 332 del Código Electoral.

Lea más: Piden aplicar la multa a los que no voten

Luego de proclamadas las autoridades de la elección nacional o municipal, la Dirección del Registro Electoral elaborará la lista de los ciudadanos habilitados que no cumplieron con la obligación de votar.

https://twitter.com/TSJE_Py/status/1651653684047011840

Serán excluidos de esta lista los electores mayores de setenta y cinco años, los compatriotas residentes en ciudades donde no se habilitaron mesas de votación, los privados de libertad, los magistrados electorales y funcionarios de la Justicia Electoral que cumplieron funciones el día de la votación.

Le puede interesar: TSJE ultima detalles para cobro de multa por no votar en las elecciones

La lista deberá ser remitida a los fiscales electorales dentro de un plazo de 120 días corridos contados desde la fecha de elección y será publicada en la página web de la Justicia Electoral.

La sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de tres días contados desde su publicación.

Una vez filtrado todo, el TSJE publicará la lista de personas que no acudieron a votar para que puedan ejercer su defensa o presentar algún justificativo. Los que no tengan motivo valedero deberán abonar la multa.

Cuando la sentencia esté firme y haya transcurrido el plazo fijado para el pago de la multa, el procurador general de la República, de acuerdo con la Ley 6837/2021, podrá promover el procedimiento de ejecución de sentencia para el cumplimiento compulsivo de la obligación de dar la suma de dinero establecida en la resolución judicial, de acuerdo con las reglas previstas en este reglamento y el Código Procesal Civil.

Más contenido de esta sección
Luego del pedido para desestimar la denuncia contra sus ex asesores, la senadora expulsada Kattya González asegura que todo se trato “de un montaje político” para sacarla de la Cámara Alta.
La Contraloría General de la República (CGR) emitió este miércoles un informe donde confirma que el intendente de Asunción, Óscar Nenecho Rodríguez, manejó de manera ilegal los fondos provenientes de los bonos que fueron emitidos para obras.
La inflación mensual en Paraguay en el mes de junio fue de -0,4%, inferior a la variación de -0,3% registrada en el mismo mes del año anterior. Pese a la baja, algunos servicios y bienes de la canasta registran subas, como lácteos, cereales, harina, arroz y panificados.
La Iglesia Adventista del Séptimo Día, Unión Paraguaya, aclara que Melanio McLeod Fernández, detenido por estafa este martes, no es pastor ni empleado de la mencionada iglesia. No obstante, sí estuvo como miembro y la iglesia está tomando las medidas correspondientes a su caso.
El presidente de la Unión de Nativos Ayoreo del Paraguay (UNAP), Igomejei Dosape, emitió un comunicado en el que pide a la firma extranjera Faro Moro el respeto de las leyes y derechos constitucionales, en el marco de una denuncia sobre posible genocidio.
Un equipo de médicos del área de Ginecología, Hospital Distrital de Santa Rosa, Misiones, extrajo a una mujer un tumor de cinco kilos con 120 gramos.