Por segunda vez, un Tribunal Colegiado condena en forma unánime a Édgar Martínez Sacoman por tenencia sin autorización de marihuana. El primer juicio había sido anulado y se integró de nuevo un tribunal para juzgar el caso. La defensa sostiene que él solamente hacía aceite de cannabis para uso medicinal.
La sentencia fue calificada de aberración jurídica, que hay una mano negra detrás de la persecución fiscal y policial implacable que sufre. La presidenta del Tribunal, Zunilda Martínez, afirmó que la condena es por la tenencia de estupefacientes, confirmada con resultados laboratoriales que dieron positivo a marihuana, y no de las propiedades del aceite de marihuana, ya que esta no es de competencia del juzgado.
La magistrada señaló que la Ley 1340 que establece la lista de sustancias sicotrópicas, señala que la marihuana es una sustancia prohibida. “Nosotros no somos competentes para determinar las propiedades del aceite del cannabis, a saber si cura o no cura enfermedades, disminuye o no los efectos de una determinada enfermedad”, dijo.
Señaló seguidamente que lo que deben determinar es si la sustancia hallada en poder del acusado es o no prohibida, lo que fue confirmado con el estudio laboratorial. “Tenemos el resultado, que no fue discutido, no fue negado tampoco. Porque el afectado no negó que la sustancia estaba bajo su dominio”, afirmó.
“Para este tribunal está probado que la sustancia era droga, está demostrado con el análisis laboratorial. Entonces, desde ese momento es innecesario entrar a establecer las nuevas disposiciones que hablan del aceite de cannabis, que reglamentan el uso medicinal del aceite de cannabis”, señaló. Agregó que el acusado no tenía ningún documento que lo autorice la tenencia.
Martínez Sacoman estuvo recluido por un tiempo y luego pasó a guardar arresto domiciliario, que en total suman 3 años y 3 meses y ya están computados como parte de la condena, pero el Tribunal dispuso que permanezca con la misma medida hasta que el fallo quede firme y ejecutoriado.
Su detención se produjo en julio del año 2016, durante el allanamiento de un apartamento en el barrio San Miguel de Ciudad del Este. Parte de las evidencias fueron incautadas de la heladera, consistente en aceite y resina de marihuana.
El primer juzgamiento se desarrolló en el año 2017 y fue condenado entonces a 2 años y 6 meses de prisión, pero este juicio fue anulado por apelación del fiscal Elvio Aguilera, quien ayer pidió 5 años y 6 meses de prisión para el acusado.
Unos sí, otros no
Édgar Martínez Sacoman afirmó que el Tribunal no admitió sus testigos y pruebas. Se trata de personas que mejoraron la calidad de vida con el tratamiento del aceite de cannabis. Afirmó que fue condenado por regalar aceite de cannabis, mientras que a una cuadra del Tribunal un laboratorio está vendiendo el aceite.
Recién en el año 2018 el presidente de la República, Horacio Cartes, por decreto autoriza la importación del aceite de cannabis con fines medicinales. Martínez Sacoman cuestionó que otro productor, Fernando Soto, que había sido detenido con 14,700 kilogramos de marihuana preparado para aceite de medicina había sido liberado por la Fiscalía.
Martínez Sacoman también citó que la Ley 6007 que crea el programa nacional para estudio, investigación médica y científica del uso medicinal del cannabis y sus derivados, reconoce el uso medicinal de la planta, además del decreto presidencial que el lunes último autoriza a las familias a cultivar el cáñamo para uso medicinal, a partir del año 2020.