Durante la pandemia del Covid-19 no había distinciones en la valoración de las clases virtuales y presenciales o físicas, pero fue solo una excepción que se extendió hasta el 31 de diciembre de 2023. Sin embargo, la experiencia positiva motivó al Cones a formalizar la equiparación entre ambas modalidades en las universidades.
A través de la Resolución N° 09/2024, el órgano autoriza el uso de tecnologías como apoyo para el proceso de enseñanza en la modalidad presencial.
“La participación en las clases sincrónicas, mediante el uso de las plataformas de video conferencia, tendrán la misma valoración que la participación física en las Instituciones de Educación Superior”, refiere el documento.
El presidente del Cones, Federico Mora, explicó que ambas plataformas ofrecen escenarios con los que se va a encontrar cualquier estudiante en el mundo laboral, en el día a día de su actividad profesional.
“Lo que vimos es que esta práctica está totalmente ya asimilada por los estudiantes, por las universidades, por los institutos superiores. Entonces lo que estamos es dándole un marco que efectivamente formalice, viendo que la experiencia ha sido muy positiva, democratiza el acceso, sobre todo en lo que refiere a traslado de estudiantes, facilita el uso de la mediación tecnológica, argumentó.
Sin embargo, aclaró que no aplica a carreras o clases que requieran de prácticas y que por tanto se deben desarrollar de forma presencial o física.
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Desde el punto de vista reglamentario se diferencia de las clases a distancias, que se cursan de manera asincrónica, pero de acuerdo a Mora, tampoco hay diferencias en cuanto a estatus o prestigio. Tampoco hay distinción al momento de recibir el título de grado o posgrado.