La Sala Penal de la Corte, integrada por los ministros Manuel Ramírez, Luis Benítez y Carolina Llanes, ratificó la pena para el pastor evangélico Inocencio Ramón Denis Torres por el abuso sexual de 10 niñas indígenas, informó el periodista de Última Hora Raúl Ramírez.
Con esa resolución, se confirma la condena de 27 años interpuesta al guía espiritual.
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El caso salió a luz gracias a una denuncia que se realizó en octubre de 2019, cuyas víctimas tenían entre 8 y 12 años. Las infantes eran parte de la comunidad nativa aché, en Alto Paraná.
En el juicio oral y público, la Fiscalía pudo demostrar que Denis Torres se aprovechó de su rol de pastor y de autoridad religiosa para someter a las niñas, ya que gozaba de la confianza de las familias.
Durante el proceso judicial, el pastor no mostró arrepentimiento alguno por los hechos de abuso, que dejó daños sicológicos progresivos e irreversibles en las víctimas y hasta en sus padres.
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Los nombres de las víctimas y sus familiares se omiten en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que prohíbe la publicación de datos que posibiliten identificar a los menores de edad en condición de víctimas o supuestos autores de hechos punibles.
Ante el conocimiento de un hecho de maltrato físico, síquico o abuso sexual contra niños o adolescentes, todo ciudadano está obligado a denunciar de inmediato, en forma oral o escrita.
La denuncia se debe formular ante la Fiscalía de la Niñez, la Defensoría de la Niñez, Juzgados de Paz, la Codeni o la Policía Nacional.