Pese a que el empresario Dario Messer haya dicho en su delación premiada que el banco BASA formó parte del “esquema legal” para hacer lavado de dinero, la defensa de Horacio Cartes insiste en que no hay incriminación para el ex presidente.
Pedro Ovelar, en contacto con radio Monumental 1080 AM, aseveró que Messer no acusa a Cartes de formar parte de una organización criminal en su declaración, por lo que el Ministerio Público del Brasil carece de elementos para implicarlo.
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En vista de que no es abogado de la entidad bancaria, se refirió más a la acusación que el Brasil planteó contra el ex mandatario por “la ayuda” que habría dado a Messer estando prófugo.
“Ellos se están basando sobre una hipótesis que no pueden probar, ya hizo su testimonio Messer y en ninguna parte de la declaración dice que Cartes forma parte de una organización criminal, que es de lo que le acusan”, señaló.
Apuntó que desde la defensa no se tomará ningún otro tipo de acción, ya que son las autoridades brasileñas las que “están obligadas” a demostrar que su tesis está basada en hechos concretos y en pruebas indubitables.
“Todo tiene que llevar hacia un solo lado, no hacia cualquier hipótesis o pensamiento. En este caso, más bien en las presentaciones periodísticas, se presentan sobre suposiciones que son absolutamente divergentes que llevan hacia cualquier conclusión”, manifestó.
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El representante legal dijo estar enfocado en la resolución del hábeas corpus presentado en Río de Janeiro, que plantea la no competencia de Brasil en el juzgamiento de conductas que tuvieron lugar en Paraguay.
Esto referente a los USD 500.000 que Messer habría recibido por parte del ex presidente mientras se encontraba prófugo de la Justicia paraguaya y del vecino país.
Alegó que el propio empresario sostuvo que la ayuda fue para la defensa jurídica y no para mantenerse oculto.
En mayo pasado, el Tribunal Supremo de Justicia del Brasil resolvió confirmar el hábeas corpus definitivo otorgado al ex presidente y determinó su libertad en el marco de la causa conocida como Patrón.
El recurso lo eximió definitivamente de la aplicación de prisión preventiva o medidas sustitutivas en la referida causa. La resolución determina la libertad con base en la falta de elementos que vinculen a su cliente a una organización criminal.