El jornal mínimo actual es de G.103.091, pero con el reajuste oficializado por el decreto presidencial 1909, pasará a partir del 1 de julio a G. 107.627.
Esto quiere decir que las multas que se rigen según este parámetro sufrirán un aumento desde la misma fecha.
“Al haber un aumento del salario mínimo diario, también hay un aumento en el costo de las multas, ya que dependen del jornal mínimo diario”, explicó a NPY la inspectora Patricia Ferreira, jefa de Relaciones Públicas de la Patrulla Caminera.
Según la gravedad de las infracciones, las multas van desde uno a 20 jornales, es decir, hasta G. 2.152.540.
Lea más: Ejecutivo oficializa el reajuste del salario mínimo para el sector privado
Algunas faltas comunes
Infracción | Multa en jornales | Multa en G. |
Carecer de faros | 5 | 538.135 |
Conducir sin documentos | 5 | 538.135 |
No usar el cinturón de seguridad el conductor y/o acompañante | 6 | 645.762 |
Circular con licencia vencida o suspendida | 10 | 1.076.270 |
Adelantamiento indebido por la derecha | 10 | 1.076.270 |
Adelantamiento indebido por la izquierda | 12 | 1.291.524 |
No respetar la luz roja del semáforo | 15 | 1.614.405 |
Circular en contramano | 20 | 2.152.540 |
Multas por alcotest
En Paraguay está vigente la tolerancia cero al alcohol para los conductores, con el objetivo de evitar accidentes de tránsito.
A partir de 0,40 miligramos de alcohol por litro de sangre (mg/l) el caso deja de ser una falta administrativa y pasa a la Fiscalía para su investigación como hecho punible.
Infracción | Multa en jornales | Multa en G. |
Desde 0,001 hasta 0,199 miligramos de alcohol por litro de sangre (mg/l) | 3 | 322.881 |
Desde 0,200 hasta 0,250 mg/l | 10 | 1.076.270 |
Desde 0,251 hasta 0,390 mg/l | 20 | 2.152.540 |
Desde 0,4 mg/l | El caso pasa a la Fiscalía |